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del Presidente de la Corte, les solicitó que se refirieran a dicho punto al presentar sus
observaciones al informe estatal, pues en sus escritos de 7, 9 y 22 de marzo de 2005 habían
señalado que dicha protección fue retirada.
12.
El escrito de 15 de abril de 2005, mediante el cual el Estado se refirió a la “información
adicional […] presentada por los representantes”. En dicho escrito indicó que el Comisario Jefe
de la Policía Metropolitana informó que el 7 de marzo de 2005 “se cambió la forma de cumplir
el resguardo prestado, hasta entonces, a las beneficiarias de las medidas, retirando cinco (5)
funcionarios que fungían de escoltas, dejando en su lugar a dos (2) efectivos con sus
respectivas motos, armamentos reglamentarios y equipos de radio portátil”. Asimismo, solicitó
que se estudie la posibilidad de ordenar el levantamiento de las medidas provisionales, con
base en que, con posterioridad al “referéndum presidencial” llevado a cabo el 15 de agosto del
2004, “se ha evidenciado en el país una disminución considerable de la confrontación entre los
actores políticos y las manifestaciones sociales, lo que ha creado un clima de mayor tolerancia
y apertura para el diálogo” y que esta “realidad influye en la decisión de modificar la ejecución
de la medida”, pues “se han producido importantes cambios en las condiciones de inseguridad
alegadas por los beneficiarios al momento de solicitar la medida provisional”.
13.
Las notas de 18 de abril de 2005, mediante las cuales la Secretaría,
instrucciones del Presidente, indicó a los representantes y a la Comisión que, al
observaciones al informe del Estado de 1 de abril de 2005, también podían
observaciones al escrito de 15 de abril de 2005, mediante el cual Venezuela
levantamiento de las medidas provisionales.
siguiendo
presentar
presentar
solicitó el
14.
El escrito de 26 de abril de 2005, mediante el cual los representantes de las
beneficiarias y la señora Liliana Ortega presentaron observaciones al informe del Estado de 1
de abril de 2005 y al escrito de 15 de abril de 2005 (supra Vistos 10 a 12). Al respecto, los
representantes expresaron que:
a)
los actos de hostigamiento y las amenazas han continuado, pues se ha
desarrollado “una campaña de hostigamiento y criminalización contra COFAVIC por sus
actuaciones en el caso del Caracazo y por ser receptora de fondos de cooperación
internacional para la realización de sus actividades en derechos humanos”;
b)
durante las declaraciones rendidas el 5 de abril de 2005 por la señora Liliana
Ortega ante los medios de comunicación fue insultada en reiteradas ocasiones por una
persona, la cual “se encontraba acompañada de cuatro individuos más, quienes hacían
llamadas telefónicas y amenazaban con que ‘otros compatriotas vienen para
desenmascarar a esta farsante’ y algunas trataban de acercársele de manera encubierta
aparentando ser transeúntes o simples espectadores”;
c)
dos funcionarios de la Policía Metropolitana “siguen prestando custodia a
COFAVIC, y se turnan cada 24 horas para prestar la referida protección policial”;
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