desaparición forzada de las víctimas de este caso. Asimismo, la Corte hace notarque,a pesar del requerimiento detallado que se realizó al Estado en la Resolución de mayo de 2011 (supra Considerando 102),de la información proporcionada por el Estado no se desprenden con claridad la totalidad de actuaciones que se habrían realizado hasta la fecha para avanzar en la investigación, ni alguna estrategia sobre cómo se procederá con la misma. Por lo tanto, este Tribunal requiere al Estado que presente un cronograma de las diligencias por realizar con el fin de identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las violaciones a derechos humanos identificadas en el caso. xi) Caso Masacre de las Dos Erres 108. La Corte hizo constaren su Resolución de septiembre de 2012 112 que en relación con la investigación de los hechos del presente caso el Estado informó que el 2 de agosto de 2011 el Tribunal Primero de Sentencia Penal y Delitos contra el Ambiente dictó una sentencia en la cual condenóa los sindicadosReyes Colin Gualip, Manuel Pop Sun, Daniel Martínez Méndez y Carlos Antonio Carías López como “autores del delito de asesinato cometido en contra de la vida e integridad de los pobladores de las Dos Erres, por lo que se les impuso la pena de […] 6,030 años de prisión inconmutables”, y como “autores de los delitos contra los deberes de la humanidad, cometidos en contra de la seguridad del Estado; por lo que se les impuso la pena de 30 años de prisión inconmutables”. Además, en dicha sentencia se condenó al señor Carlos Antonio Carías como “autor del delito de hurto agravado, cometido en contra de los pobladores del Parcelamiento de las Dos Erres, por lo que se le impuso una pena de [seis] años de prisión inconmutables”. Asimismo, en la referida Resolución, la Corte hizo constar que Guatemala informó que el 12 de febrero de 2012 el Tribunal Primero B de Mayor Riesgo emitió una sentencia en la cual resolvió condenar al señor Pedro Pimentel Ríosa “un total de 6,060 años” de prisión por el “delito de asesinato cometido en contra de la vida de 201 personas que habitaban el Parcelamiento Dos Erres” y por “el delito contra los deberes de humanidad” 113. En las dos sentencias penales internas mencionadas se ordenó al Ministerio Público a continuar con la investigación correspondiente en contra de las demás personas que pudieren haber participado en los hechos 114. Al respecto, este Tribunal consideró que “el Estado debe continuar efectuando las diligencias pertinentes para completar la investigación con el propósito de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a todos los responsables de los hechos que originaron las violaciones declaradas en la Sentencia”, y por ello solicitó “que el Estado presente información actualizada, detallada y completa sobre la implementación de la investigación, las diligencias adelantadas y sus resultados, en cumplimiento de la Sentencia” 115. 109. En el informe del Ministerio Público de mayo de 2014 se destacaron las referidas sentencias penales condenatorias respecto de cinco personas responsables de los hechos relacionados con el presente caso como “resultados importantes” dentro de la investigación. Asimismo, en dicho informe se señala que, además de las cinco personas condenadas, hay otros dieciocho “sindicados” dentro de la investigación, a saber: el ex Presidente de Guatemala, José Efraín Ríos Montt, y diecisiete integrantes de la “Patrulla Élite Kaibil” 116, de los cuales diez estarían pendientes de aprehensión (ocho pendientes de aprehensión y dos 112 Cfr. Caso De Resolución de la Corte 113 Cfr. Caso De Resolución de la Corte 114 Cfr. Caso De Resolución de la Corte 115 Cfr. Caso De Resolución de la Corte 116 En el informe la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012, Considerando 7. la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012, Considerando 8. la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012, Considerandos 7 y 8. la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012, Considerando 11. del Ministerio Público se indican los nombres de estos diecisiete sindicados. 36

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