comunicarse con su abogado y con su órgano de ejecución, la Cámara en lo Criminal No. 2 de Neuquén, a efectos de
tener conocimiento sobre el avance de su proceso125.
87.
A su vez, la Comisión observa que el señor López tuvo que solicitar en varias oportunidades que se le
permitiera hacer uso de sus recursos en su fondo de reserva. Fue así como en el marco de una audiencia ante el Juzgado
Federal de Rawson, el señor López solicitó que se le autorizara el retiro anticipado de su “fondo de reserva” en su
cuenta de ahorros o que la Cámara No. 2 a través del Patronato le otorgara los pasajes para el transporte de su esposa,
la señora Lidia Mabel Tarifeño, quien residía en la ciudad de Neuquén y pretendía viajar a la ciudad de Rawson a
visitarlo126.
88.
La Comisión también toma nota del impacto sufrido por el señor López en cuanto a su relación con sus
familiares y allegados con ocasión de los traslados a los que tuvo que verse sometido.
89.
De acuerdo con la documentación presentada, la Comisión observa que el señor López permaneció
por 3 años y 8 meses sin ver a su esposa, la señora Lidia Mabel Tarifeno127. Posteriormente, estando alojado en la
Unidad No. 9 de Neuquén bajo la figura de visita extraordinaria por acercamiento familiar, contrajo matrimonio por
segunda vez con la señora Silvia Verónica Tejo de López, de quien tuvo que separarse 20 días después con ocasión de
su traslado a Rawson128. Sobre este punto, la señora Tejo de López manifestó lo siguiente:
(…) ahora me pregunto yo señor Juez: (…) 3°) Que interno no se siente agredido
moralmente cuando intenta recuperarse por lo menos afectivamente que es la única
posibilidad que tiene y es trasladado intempestivamente a 2000 km de sus seres
más queridos.-129
90.
En relación a estos traslados, el padre del señor Néstor Rolando López también se pronunció a través
de una carta dirigida al Tribunal Superior de Justicia, indicando:
(…) la Unidad N° 9. (…) creo que como seres humanos y con la constitución de su
lado pueden hoy darle a este inválido la posibilidad de tener a su hijo el último
tiempo de vida que le queda, porque cualquier padre quiere tener a su hijo cerca en
los últimos años de su vida130.
91.
Finalmente, con ocasión de estos traslados, la Comisión toma nota de que en dos oportunidades el
señor López permaneció en huelga de hambre con la finalidad de persuadir a las autoridades de la necesidad de su
125 Anexo 21. Juzgado Federal de 1era Instancia de Rawson, acta de audiencia preliminar de 10 de febrero de 1997 en la causa contra
Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003; Anexo 22. Juzgado Federal de 1era Instancia de
Rawson, acta de audiencia ante el de 22 de marzo de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de
24 de septiembre de 2003; Anexo 23. Juzgado Federal de Rawson, acta de audiencia de 4 de enero de 2001 en la causa contra Néstor Rolando López.
Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003 y Anexo 24. Juzgado Federal de 1era Instancia de Rawson, acta de
audiencia de 3 de marzo de 1997 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de
2003.
126 Anexo 22. Juzgado Federal de 1era Instancia de Rawson, acta de audiencia ante el de 22 de marzo de 2000 en la causa contra Néstor
Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
127 Anexo 22. Juzgado Federal de 1era Instancia de Rawson, acta de audiencia ante el de 22 de marzo de 2000 en la causa contra Néstor
Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
128 Anexo 25. Recurso de hábeas corpus de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de
los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
129 Anexo 25. Recurso de hábeas corpus de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de
los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
130 Anexo 26. Carta de Nicolás López dirigida al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de 5 de mayo de 2003 en la causa contra
Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
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