4 8. En su demanda, la Comisión solicitó que “por tener relación con la materia del presente caso”, la Corte incorpore los peritajes rendidos por los señores Param Cumaraswamy y Román Duque Corredor en el caso Apitz Barbera y otros vs. Venezuela, y el peritaje del señor José Zeitune, rendido en el Caso Reverón Trujillo vs. Venezuela. En su escrito de 8 de octubre de 2010 la Comisión no se refirió a dicha solicitud (supra Visto 5). 9. En su comunicación de 13 de octubre de 2010, los representantes ratificaron su solicitud de traslado de los siguientes peritajes promovidos y consignados en los casos Apitz Barbera y otros y Reverón Trujillo, respecto de Venezuela: Param Cumaraswamy, Jesús María Casal Hernández, Román Duque Corredor, Alberto Arteaga Sánchez, José Zeitune y Antonio Canova González. 10. El Estado no presentó observaciones en relación con estas solicitudes presentadas por la Comisión y los representantes. 11. Sobre el objeto de los peritajes mencionados, el Presidente de la Corte resalta que se circunscribieron a lo siguiente: Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) vs. Venezuela: a) Param Cumaraswamy.- perito propuesto por la Comisión, que “[e]ntre 1994 y 2003 se desempeñó como Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la Independencia de Jueces y Abogados”. En dicho caso, “[d]eclaró sobre las garantías que deben tener los jueces en un Estado de Derecho para asegurar la independencia del Poder Judicial y la separación de poderes, su relación con la existencia de jueces provisionales y su relación con las normas sobre nombramiento y destitución de jueces”; b) Jesús María Casal Hernández.- perito propuesto por la Comisión, abogado y Doctor en Derecho, quien “[i]nformó sobre el derecho interno venezolano en relación con el funcionamiento del Poder Judicial, la alegada falta de garantías para asegurar la independencia del Poder Judicial y la separación de poderes, su relación con la existencia de jueces provisionales y su relación con las normas sobre nombramiento y destitución de jueces en Venezuela”, y c) Román Duque Corredor.- perito propuesto por la Comisión, ex magistrado de la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, quien “[i]nformó, inter alia, sobre el derecho interno venezolano en relación con el funcionamiento del Poder Judicial, el error de derecho como causal de sanción disciplinaria, la alegada falta de garantías para asegurar la independencia del Poder Judicial y la separación de poderes, su relación con la existencia de jueces provisionales y su relación con las normas sobre nombramiento y destitución de jueces en Venezuela”. Caso Reverón Trujillo vs. Venezuela: a) Alberto Arteaga Sánchez.- perito propuesto por los representantes, abogado Especialista en Derecho Penal, quien “[d]eclaró sobre el derecho interno venezolano en relación con el funcionamiento del Poder Judicial, las normas sobre el nombramiento y destitución de jueces, la situación de los jueces provisionales y la efectividad de los recursos judiciales disponibles en casos de destituciones arbitrarias de jueces provisionales”; b) José Zeitune.- perito propuesto por los representantes, abogado con experiencia en temas relacionados con la autonomía e independencia del Poder

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