9.
Amici Curiae. – El Tribunal recibió seis escritos en calidad de amicus curiae presentados por
a) Víctor Rodríguez Cedeño6; b) la Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC), Pedro A.
Caminos y María Lorena González Tocci7; c) Rodolfo Luis Vigo y María Claudia Gattinoni8; d) Alfonso
Santiago, Manuel José García-Mansilla, Fernando Toller, Estela Sacristán, María Verónica Nolazco
y Jeronimo Lau Alberdi9; e) la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y
Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa, la Clínica de Derechos Humanos
del Programa de Postgrado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Paraná y la
Universidad Internacional de Valencia10 y f) la Fundación para el Debido Proceso11.
10.
Alegatos y observaciones finales escritos. – El 6 de marzo de 2023 la Comisión presentó sus
observaciones finales escritas. En la misma fecha, el Estado y los representantes remitieron sus
respectivos alegatos finales escritos y anexos. En sus alegatos finales escritos, el Estado reiteró el
reconocimiento de responsabilidad efectuado durante la audiencia pública. Posteriormente, el 16
de marzo de 2023, los representantes presentaron sus observaciones frente a los anexos a los
alegatos finales escritos del Estado. El 17 de marzo de 2023 la Comisión indicó no tener
observaciones respecto de los anexos a los alegatos finales presentados por el Estado y por los
representantes. Honduras no presentó observaciones a los anexos al escrito de alegatos finales de
los representantes.
El escrito fue firmado por Víctor Rodríguez Cedeño, Abogado, ex Miembro de la Comisión de Derecho Internacional
de las Naciones Unidas y ex Relator Especial para el tema de los Actos Unilaterales de los Estados. Versa sobre los efectos
jurídicos que tendría, a nivel de reconocimiento de la responsabilidad internacional, la declaración que rindió la Presidenta
de la República, Xiomara Castro, en el acto de traspaso de poderes, el 27 de enero de 2022.
6
El escrito fue firmado por Pedro A. Caminos, Abogado, Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de
Buenos Aires y Miembro fundador y Presidente de la ACEC y María Lorena González Tocci, Abogada, Profesora de Derecho
Constitucional de la Universidad de Buenos Aires, Miembro fundadora y Tesorera de la ACEC. El escrito indica la
participación de Camila María Fiorito Núñez, Bautista Grandi, Santiago Rodríguez Chiantore y Juan Francisco Rosatti,
abogados y docentes de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires. Versa sobre las garantías judiciales, el
principio de legalidad, la garantía de la independencia judicial, los derechos políticos y la protección judicial en relación con
las obligaciones de respeto y garantía establecidas en la Convención Americana.
7
El escrito fue firmado por Rodolfo Luis Vigo, Director del Departamento de Derecho Judicial, y María Claudia
Gattinoni, Directora Ejecutiva de la Maestría de Magistratura y Derecho Judicial, ambos de la Universidad Austral
(Argentina). Versa sobre la independencia judicial, su relación con el principio de separación de poderes, la dimensión ética
del mismo, los estándares en materia de remoción de jueces y la indebida utilización de los procedimientos de
responsabilidad judicial.
8
9
El escrito fue firmado por Alfonso Santiago, Manuel José García-Mansilla, Fernando Toller, Jerónimo Lau Alberdi y
María Verónica Nolazco, Profesores de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y de la Escuela de Política,
Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Austral (Argentina). Versa sobre los principios de separación de
poderes, inamovilidad de los jueces, independencia judicial y revisión judicial de los procedimientos de remoción.
El escrito fue firmado por Salvador Herencia Carrasco, Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de
Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa, Danielle Anne Pamplona, Coordinadora de
la Clínica de Derechos Humanos del Programa de Postgrado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Paraná y
Jordi Feo Valero, Profesor de los Grados de Derecho y Relaciones Internacionales de la Universidad Internacional de
Valencia. Versa sobre sobre los estándares internacionales en materia de independencia y autonomía judicial expuestos
por la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre independencia judicial; sobre violaciones a la independencia judicial en
Honduras; y, finalmente, sobre el derecho a la integridad personal de las presuntas víctimas y sus familiares.
10
El escrito fue firmado por Katya Salazar, Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso, Úrsula Indacochea,
Directora de Independencia Judicial de la Fundación para el Debido Proceso, y Claudia Martin, Co-Directora de la Academia
de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de American University Washington College of Law. El escrito
indica la participación de Mosi Meza, Gabriel Ortiz y Luis Eliud Tapia, estudiantes y graduados del LL.M. en American
University Washington College of Law. Versa sobre la inconvencionalidad de la Ley Especial de Juicio Político aprobada en
Honduras el 5 de abril de 2013 y argumenta que la misma debería ser analizada por la Corte a pesar de que se emitió con
posterioridad a la destitución de las presuntas víctimas, con el objeto de que se ordene adecuar el ordenamiento jurídico
interno.
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