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83. En su primer informe, el Estado informó que contaba “con un borrador del Protocolo
Alba” y que “no se trata[ba] de un programa nacional, sino de un mecanismo que cada
entidad federativa adpatar[ía] a sus características sociopolíticas y su territorio”.
84. En su segundo informe el Estado alegó que el Protocolo Alba “como el mecanismo
operativo de coordinación inmediata para la búsqueda y localización de mujeres y niñas
desaparecidas en el territorio mexicano […] se encuentra activo[;…] cada vez que
desaparece alguna niña o mujer en Ciudad Juárez, Chihuahua, es[te] protocolo de
búsqueda se activa”, con “la participación de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, la
Fiscalía General y las Secretarías de Seguridad Pública, ambos del Estado de Chihuahua”.
Señaló que “[h]asta el 30 de noviembre de 2011, el Protocolo Alba se ha activado en 10
ocasiones, por la desaparición de diez personas[, y que] se logró la localización de dos niñas
y un niño”.
85.
En sus observaciones al primer informe los representantes criticaron que el Estado
no les había facilitado el acceso a los debates y el borrador del Protocolo Alba, y que seguía
“aplicándose de manera discrecional y limitada”, dado que “sólo en 6 ocasiones en un
período de 5 meses fue activado”, cuando “la prensa [había] documentado […] un mayor
número de jóvenes desaparecidas”. Respecto al segundo informe del Estado, indicaron que
con “el Protocolo Alba se activó el 33% de los casos de desaparición de niñas y mujeres,
reduciendo con ello la posibilidad de intervención inmediata y de coordinación efectiva entre
los distintos niveles de gobierno al mínimo”, y que “sigue conteniendo criterios
discriminatorios y estereotipados para considerar que una desaparición [debe ser `]de alto
riesgo[´para que proceda] la intervención inmediata”. Alegaron que el Protocolo “tendría
que aplicarse de manera inmediata y sin ningún requisito adicional más que la presentación
de la denuncia por desaparición”.
86.
En sus observaciones al primer informe la Comisión consideró importante establecer
los criterios para definir el reporte de una desaparición como de “alto riesgo”. Además, pidió
que el Estado informara sobre: i) los procesos de adaptación del Protocolo en cada entidad
federativa, ii) los procesos de capacitación de los funcionarios encargados, y iii) los procesos
de difusión del nuevo contenido del Protocolo. Asimismo, observó que “pudieran presentarse
obstáculos […] debido al criterio relacionada con la necesaria `confirmación de las
autoridades´ de que ha ocurrido el `rapto/sustracción de una mujer o una niña´”.
Respecto al segundo informe del Estado “reconoc[ió] las acciones realizadas por el Estado a
fin de avanzar en el cumplimiento de esta medida”, pero reiteró que “en relación a los
criterios para la activación del protocolo, no se establecerían conceptos claros que
garanticen la aplicación de este mecanismo de forma adecuada y sin que sea posible
realizar valoraciones que puedan resultar discriminatorias por parte de las autoridades”.
87.
En su tercer informe el Estado señaló que “el Protocolo Alba fue perfeccionado por el
Grupo Técnico de Colaboración conformado en 2008” e “integrado por servidores públicos
de diversas dependencias del gobierno federal, del estado de Chihuahua y del Municipio de
Ciudad Juárez, quienes realizaron una serie de adecuaciones al documento con la finalidad
de dar cumplimiento a lo establecido por la Corte [Interamericana]”, mediante “la firma del
Protocolo de Atención, Reacción y Coordinación entre Autoridades Federales, Estatales y
Municipales en Caso de Extravío de Mujeres y Niños en Ciudad Juárez, Chihuahua”. Explicó
que entre diciembre de 2001 y septiembre de 2012, “el Grupo Técnico del Protocolo Alba
realizó 8 reuniones de trabajo a fin de perfeccionar el documento y fortalecer la práctica
operativa del Protocolo”. Resaltó que “[m]ediante este nuevo protocolo se implementarán
búsquedas de oficio y sin dilación alguna de mujeres y de niñas desaparecidas”, se
“establece un trabajo coordinado entre las diferentes corporaciones de seguridad, sumando
la colaboración de los medios de comunicación, de organizaciones sociales y organizaciones
empresariales”, se “elimina cualquier obstáculo que le reste efectividad a la búsqueda, como