7 valoró la posibilidad de crear una página web para que toda persona interesada pudiera acompañar el desarrollo de las investigaciones policiales y administrativas relacionadas con Urso Branco. 8. Que los representantes señalaron que pese a los alegatos del Estado de que los episodios de violencia en la Cárcel son casos aislados, constantemente se presentan denuncias de tortura a ellos, al Colegio de Abogados de Brasil, a la Jefatura de Crímenes Penitenciarios y al Ministerio Público, entre otros órganos, sin que ninguna persona haya sido responsabilizada por tales hechos. Añadieron que en la visita realizada a la Cárcel el 8 de septiembre de 2008 por el Juez de Ejecución Penal e integrantes del Ministerio Público, fueron encontrados aproximadamente catorce detenidos con signos de tortura. Con relación a dicho crimen, en mayo de 2009 el Ministerio Público denunció a cinco agentes penitenciarios, entre ellos el ex Director General de la Cárcel, iniciándose la acción penal correspondiente. En cuanto a la investigación por la muerte del beneficiario L.C.S., los representantes destacaron que el informe policial concluyó que dicho crimen habría sido cometido por un agente público. Sobre la investigación de la tortura de W.R.X., no hubo reconocimiento fotográfico del responsable porque la Secretaría de Justicia no suministró el archivo del personal de Urso Branco. Asimismo, el 13 de abril de 2009 el Estado fue condenado en una acción civil a reformar la cárcel de Urso Branco y a contratar a más agentes penitenciarios en un plazo de 120 días. 9. Que la Comisión expresó su preocupación respecto de la impunidad imperante frente a las continuas denuncias de tortura ocurridas en el interior de la Cárcel. * * * 10. Que el Estado informó que el 7 de octubre de 2008 la Procuraduría General de la República consideró “la verosimilitud de los alegatos de violación de derechos humanos [en] Urso Branco y presentó, ante el Supremo Tribunal Federal (STF), un pedido de intervención federal contra el [e]stado de Rondônia”. Ante ello, el gobierno de Rondônia decretó el estado de “situación de emergencia” en sus establecimientos carcelarios y creó un Grupo de Trabajo integrado, entre otros, por representantes de las Secretarías de Justicia, de Administración, de Planificación y Coordinación General, de Salud y de Finanzas, con el fin de actuar prioritariamente en el sistema penitenciario. El 16 de octubre de 2008 dicho Grupo de Trabajo se reunió por primera vez con el fin de planear las estrategias de acción. Por otra parte, Brasil informó que la CDDPH se ha reunido periódicamente cada dos meses, pese a la oposición de los representantes en participar de dichas reuniones. Consideró que la participación de los representantes en esos encuentros es de extrema importancia para el trabajo de la mencionada Comisión y espera que reevalúen su postura. 11. Que los representantes informaron que han cooperado con el Procurador General de la República, en el marco del pedido de intervención federal, a través del suministro de información sobre la situación de la Cárcel, incluyendo denuncias de torturas. El 9 de diciembre de 2008 solicitaron al STF su inclusión en dicho procedimiento como asistentes simples del Procurador General de la República pues, a su juicio, pueden contribuir de forma determinante para el análisis del

Select target paragraph3