posteriormente, según lo dispuesto en el párrafo 74 de la Sentencia, en una resolución
que se emita de manera conjunta con el Caso Mendoza y otros Vs. Argentina, en el cual
se dispuso una garantía de no repetición similar 9. El cumplimiento del reintegro al Fondo
de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte será valorado posteriormente, en razón de
que el Estado sostuvo, en su informe de noviembre de 2020, que “se esta[ban] haciendo
las gestiones necesarias para su materialización”10.
4.
El Tribunal estructurará sus consideraciones en el siguiente orden:
A.
Garantizar al señor Gorigoitía el derecho de recurrir el fallo condenatorio ....................... 3
B.
Publicación y difusión de la Sentencia ......................................................................... 4
C.
Indemnización por daño inmaterial y reintegro de costas y gastos ................................. 5
A. Garantizar al señor Gorigoitía el derecho de recurrir el fallo condenatorio
A.1. Medidas ordenadas por la Corte
5.
En los puntos resolutivos sexto y séptimo y en el párrafo 66 de la Sentencia, se
dispuso, respectivamente, que el Estado debe:
(i)
“dentro del plazo de seis meses a partir de la notificación de [la] Sentencia,
adoptar las medidas necesarias para garantizar al señor Oscar Raúl Gorigoitía
el derecho de recurrir el fallo condenatorio emitido por la Cámara Primera del
Crimen de Mendoza el 12 de septiembre de 1997”, y
(ii)
“adoptar las medidas necesarias para que los efectos jurídicos del referido
fallo condenatorio, en especial lo atinente al beneficio jubilatorio y el registro
de antecedentes queden en suspenso hasta que se emita una decisión de
fondo, una vez garantizado el derecho a recurrir según lo indicado en el inciso
anterior”.
A.2. Consideraciones de la Corte
6.
La Corte constata que, en una audiencia celebrada el 26 de diciembre de 2019
ante la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, se informó al señor
Gorigoitía que “le asist[ía] el derecho de solicitar la revisión integral de la sentencia
condenatoria recaída en [su contra]”. Sin embargo, el señor Gorigoitía “manif[estó] que
no desea[ba] hacer uso del derecho de recurrir”11. La referida manifestación fue
formalmente ratificada el 3 de febrero de 2020 por la defensora pública que representó
legalmente al señor Gorigoitía para tales efectos12.
Cfr. Caso Mendoza y otros Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo y Reparaciones. Sentencia
de 14 de mayo de 2013. Serie C No. 260, punto resolutivo 22 y párrafo 329 y 332.
10
En el punto resolutivo décimo primero y el párrafo 89 de la Sentencia, la Corte “orden[ó] al Estado el
reintegro a dicho Fondo de la cantidad de USD $987.36 (novecientos ochenta y siete dólares con treinta y seis
centavos de los Estados Unidos de América), y estableció que debía ser realizado “en el plazo de seis meses,
contados a partir de la notificación de la presenta Sentencia”. En el párrafo 95 de la Sentencia se dispuso que
“[e]n caso de que el Estado incurriera en mora, incluyendo en el reintegro de los gastos al Fondo de Asistencia
Legal de Víctimas, deberá pagar un interés sobre la cantidad adeudada correspondiente al interés bancario
moratorio en Argentina”.
11
En esta audiencia compareció el señor Gorigoitía y señor Carlos Varela, quien lo representa en el
presente proceso internacional. Cfr. Acta de la audiencia celebrada el 26 de diciembre de 2019 ante la Sala
Segunda dela Suprema Corte de Justicia del Poder Judicial de Mendoza, en los autos “CUIJ: 13-050290144/1((018601-16073)). ACTOR CIVIL Y F. C/ GORIGOITIA GUERRERO OSCAR RAUL P/HOMICIDIO SIMPLE P/
OTROS” (anexo al informe estatal de abril de 2020).
12
El Estado explicó que, “con posterioridad a la audiencia, las actuaciones fueron remitidas al Ministerio
Público de la Defensa de la provincia de Mendoza, a los efectos de que asum[iera] la representación jurídica
[del señor Gorigoitía]”, ya que éste solicitó en la audiencia que le fuera nombrado un defensor público. Cfr.
Acta de la audiencia de 26 de diciembre de 2019, supra nota 11, y Oficio suscrito por la Defensora a cargo de
9
-3-