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18.
La Comisión ofreció cuatro peritajes, dos de los cuales, los de Roberto
Briceño-León y Andrés Cañizales, fueron recusados por el Estado, alegando que “han
participado como peritos en un gran número de juicios contra Venezuela, por lo que
se evidencia que los mismos son peritos de oficio, encontrándose comprometida su
imparcialidad”.
19.
El señor Andrés Cañizales fue ofrecido para declarar por afidávit sobre “el
alcance de los artículos del Código Penal de Venezuela que tipifican los delitos de
injuria y calumnia, y en virtud de los cuales fue abierto el proceso penal contra Luís
Uzcátegui, refiriéndose a la vigencia de estas normas y sus posteriores reformas, así
como sobre el impacto concreto de lo anterior, y de la existencia de una
investigación criminal por tales delitos durante más de cinco años, sobre el derecho
a la libertad de expresión”. Este perito fue también ofrecido como perito por los
representantes.
20.
En sus observaciones, el señor Andrés Canizales señaló ser “activista de
derechos humanos y académico” y resaltó su experiencia en temas de libertad de
expresión en Venezuela y en América Latina. Manifestó que “los señalamientos del
Estado no tienen fundamento alguno”; que puede comprobarse que no ha
participado en un gran número de casos y que tales señalamientos “forman parte de
una política promovida por el Estado para desacreditar a los activistas en derechos
humanos en Venezuela”.
21.
Por su parte, el señor Roberto Briceño-León fue ofrecido para declarar por
afidávit sobre “la problemática de ejecuciones extrajudiciales en Venezuela por parte
de la policía en distintas regiones del país, el patrón y modus operandi a través del
cual se manifiesta dicha problemática, la incidencia en el Estado de Falcón, y la
respuesta del Ministerio Público y el Poder Judicial ante esta situación”.
22.
En sus observaciones, el señor Briceño-León señaló que es “un hecho público
y notorio que [ha] desarrollado varias críticas a la actual política de seguridad del
Estado Venezolano, [las cuales] han sido el producto de años de investigación sobre
la materia y que han sido difundidas ampliamente en diversos medios de
comunicación, tanto a nivel escrito como radial o televisivo”. Indicó que, en esa
capacidad, y en conocimiento de su postura crítica, había “sido […] invitado por el
actual gobierno para participar en eventos públicos y expresar las conclusiones de
[sus] investigaciones y [sus] opiniones al respecto”, de lo cual dio ejemplos, por lo
que las propias autoridades entienden la importancia del diálogo y que las críticas a
las políticas de seguridad del Estado no descalifican en ningún momento a un
experto, sino que más bien contribuyen a mejorar la gestión de gobierno. En relación
con su participación en audiencias ante la Comisión, señaló que ha participado “en
una sola intervención en el año 2008 […] en calidad de experto para exponer el
resultado de [sus] investigaciones en relación con la política de seguridad ciudadana
en Venezuela” y “en ningún momento suscri[bió] ninguna solicitud realizada por las
organizaciones peticionarias en relación con el caso de la familia Uzcátegui ni con
ningún otro caso pendiente ante la “Comisión Interamericana”. Además, señaló que
“no pertenece ni tiene ninguna relación de subordinación funcional con alguna de las
organizaciones que [le] invitaron a participar en dicha audiencia”. Por último, afirmó
“[n]o t[ener] conocimiento de los hechos relacionados con el caso de la familia
Uzcátegui más allá de los publicados en los medios de comunicación”, ni que había
“participado” en actividad alguna a nivel nacional o internacional relacionadas con
este caso.