c. Existe un “actuar sistemático” del Estado “consistente en afectar a la familia de
quienes considera sus ‘enemigos’ políticos 8, por lo que existe información
suficiente para generar un grado de conocimiento probable y razonable de que
[…], inminentemente, acciones para afectar la vida, integridad o libertad
personales tanto de la presunta [v]íctima […] como de su hijo”, siendo las
afectaciones a Jesús Miguel Revilla Zambrano un forma de actuar contra su
padre, sea para castigar o coaccionar a este último o para evitar que el señor
Revilla Zambrano declare ante la Corte Interamericana.
7.
Los representantes alegaron, además, en sustento de su solicitud, lo siguiente:
a. Las medidas requeridas tendrían carácter tanto “tutelar”, en tanto que buscan
proteger a las personas, como “cautelar”, pues procurarían proteger los derechos
convencionales hasta que se resuelva el fondo de la controversia, así como
asegurar la materia probatoria del proceso.
b. Existe relación entre lo peticionado y el objeto del caso, pues las medias
solicitadas se relacionan con los hechos indicados en el Informe de Fondo y
reiterados por los representantes en su escrito de solicitudes y argumentos, así
superior o contratante) perteneciente a las disidencias de las FARC y que ha trabajado desde el año 2000 con
la DGCIM, plenamente identificado y cuyas características específicas se reservan por petición del funcionario
que proporciona la información, le fue ordenado ‘mi neutralización’; dada mi salida de Venezuela, el objetivo
fue transferido a mi hijo Jesús Miguel Revilla Zambrano. El ‘activo’ mencionado, ya ha servido a la DGCIM bajo
la dirección de [H.C.], del jefe de investigaciones de la época, el General [F.R.] y actualmente bajo la
administración del Mayor General [I.H.], con casos específicos de actuación efectiva como en el que se
involucró́ al General de División [A.L.], en una supuesta colaboración con organizaciones del narcotráfico,
siendo que el referido oficial general, fue quien combatió́ en forma directa a tales organizaciones en el eje
Machiques – colón del estado Zulia Venezuela, desde el 2016 hasta el 2019 cuando fue ‘neutralizado’
permaneciendo detenido, sin juicio, desde el 2019, con lo que se truncó́ su carrera para evitar que, desde
otros cargos superiores actuara conforme a la ley contra dichos grupos. Se me han entregado los datos exactos
de la persona, ubicación y sitios alternos donde generalmente opera, sin embargo, el funcionario que me lo
ha proporcionado teme por su vida, por lo que, siendo que es parte de la organización que ha ordenado nuestra
neutralización, me ha solicitado no se haga público puesto que pudiera descubrirse su identidad y su familia
correr mayor peligro al ser considerado ‘traidor’ por sus superiores”.
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Los representantes aseveraron que “un modus operandi del Estado de Venezuela ha sido inventar o
instaurar procesos judiciales o ejecutar acciones contra aquellos derechos de quienes considera ‘objetivos
políticos’”, y citaron, en sustento de tal afirmación, “lo[s] párrafos 9, 26, 69, 71, 74, 76, 85, 99 del Informe
A/HCR/51/CRP.3 de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República
Bolivariana de Venezuela”, de 20 de septiembre de 2022, documento cuya copia remitieron. Entre los
señalamientos de dicho texto, puede leerse que “las y los disidentes reales y percibidos y opositores al
Gobierno fueron objeto de detención sobre la base de criterios que incluían su presunta participación en
complots contra el Gobierno, sus posiciones de liderazgo o su potencial de liderazgo, sus funciones dentro de
la oposición política, sus críticas públicas al Gobierno y, en algunos casos, su potencial para ser objeto de actos
de extorsión”. Además, el texto agrega que un “número importante de personas detenidas […] especialmente
en 2018, 2019 y 2020, eran oficiales militares y personas afines, que supuestamente estaban involucrados en
intentos de golpes de Estado […]. Al menos en algunos casos se actuó contra ciertos oficiales debido a que
aparentemente se perfilaban como líderes, representaban potencialmente una amenaza para el poder,
denunciaban irregularidades dentro del ejército o del Gobierno o simplemente eran abiertamente críticos del
Gobierno”. Asimismo, el documento expresa que “los/as civiles vinculados/as a los objetivos militares, políticos
o económicos, como familiares, amigos/as y asociados/as, también se convirtieron cada vez más en víctimas
de la represión. Esto incluye a los familiares de los oficiales militares atacados o a aquellos que podrían conocer
el paradero de los oficiales atacados. La Misión observó un patrón según el cual se detenía a familiares,
hombres y mujeres de la persona que era objetivo de la operación para forzarla a que se entregue”.
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