2
5.
Los peticionarios alegan que los hechos del presente caso se circunscriben en una
práctica de detenciones ilegales y arbitrarias seguidas de ejecuciones extrajudiciales, y del uso
indiscriminado de la fuerza, atribuidas en su mayoría a las policías regionales, que se ha denunciado en
Venezuela desde hace más de una década. Alegan que dicha práctica obedece a un patrón que se
caracteriza por tener como víctimas a hombres jóvenes pertenecientes a sectores sociales
económicamente más vulnerables y un modus operandi con las siguientes características: i) la
presentación del hecho como un enfrentamiento; ii) la alteración del lugar de los hechos; iii) el traslado de
la víctima herida por los propios agentes que la han agredido; iv) el abandono de la víctima – la mayoría
de las veces sin vida – en un hospital público sin proporcionar información de lo sucedido; v) el uso de
uniformes, armamento y equipos oficiales; vi) la descalificación pública o criminalización de la víctima
señalándola como una persona que ha resistido a la autoridad o que tiene antecedentes penales y/o
policiales; y vii) la intimidación, amenaza e incluso asesinato de los testigos del hecho y de los familiares
de la víctima.
6.
Los peticionarios indican que en el año 2000 en el Estado Falcón se inició una
reestructuración de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón (en adelante “FAPF”) mediante la
cual, se crearon unidades élites con funcionarios entrenados por la Brigada Motorizada de la Policía
Metropolitana (en adelante “PM”) y la Brigada de Acciones Especiales del Cuerpo de Investigaciones
Científicas Penales y Criminalísticas (en adelante “CICPC”). Alegan que a partir de ese momento las
“páginas rojas” de los diarios regionales comenzaron a reseñar un aumento significativo de la cantidad de
personas que perdían la vida en enfrentamientos con la policía.
7.
Concretamente, los peticionarios indican que Jimmy Rafael Guerrero Meléndez (26)
residía en la Urbanización Los Medanos, ciudad de Coro, estado Falcón donde trabajaba de manera
independiente como taxista y vendedor ambulante. Alegan que entre 2002 y 2003 habría sido perseguido
y hostigado por funcionarios de las FAPF. Indican que en ese periodo de tiempo las FAPF y CICPC
habrían detenido administrativamente a Jimmy Rafael Guerrero Meléndez (en adelante “Jimmy Guerrero”)
por porte ilícito de arma de fuego y robo de vehículos. Asimismo, indican que según información
proporcionada por sus familiares, Jimmy Guerrero habría sido amenazado de muerte y detenido, sin que
se cumplieran con los requisitos de ley, en reiteradas oportunidades por funcionarios presuntamente
adscritos a la FAPF.
8.
Alegan que en vista de los constantes hostigamientos Jimmy Guerrero siempre trataba de
salir acompañado por sus vecinos, quienes con frecuencia eran quienes avisaban a sus familiares cuando
aquél era detenido. Indican que en vista de la situación el 16 de agosto de 2002 interpuso una denuncia
ante la Fiscalía Superior de Falcón por las reiteradas amenazas de muerte proferidas en su contra por los
funcionarios de la Brigada Motorizada de las FAPF, especialmente por un oficial de alto rango. Indican
que el 18 de septiembre de 2002 la Fiscalía Primera abrió un expediente identificado con el número 11F10686-02, sin embargo Jimmy Guerrero no recibió protección.
9.
Alegan que el 27 de septiembre de 2002 Jimmy Guerrero acudió nuevamente ante la
Fiscalía Superior del Estado Falcón a denunciar los hostigamientos que venía sufriendo, los cuales señaló
surgían de un problema con un presunto cabo primero de la policía de Falcón. En dicha denuncia también
se refirió a un presunto allanamiento ilegal a la residencia de su madre, Emilia Guerrero, donde los agentes
de las FAPF habrían “sembrado” armas para inculpar a sus familiares. Indican que el 28 de octubre de
2002 Jimmy Guerrero rindió una declaración ante la Defensoría del Pueblo en la cual señaló “siempre que
me ven en la calle me detienen” e informó haber sido detenido los días 23 y 25 de octubre 2002 por el
CICPC y las FAPF respectivamente. Indican que el mismo 28 de octubre de 2002 la declaración fue
remitida a la Fiscalía Superior, mediante oficio DP/DDEF No. 02358-02.
10.
Los peticionarios señalan que el 4 de noviembre de 2002 la Fiscalía Segunda del Estado
Falcón recibió una nueva denuncia de Jimmy Guerrero, quien acudió a la Defensoría del Pueblo a declarar
que el 2 de noviembre de 2002 había sido nuevamente detenido. Alegan que en vista de que los
hostigamientos continuaban el 17 de febrero de 2003 Erimay Loyo, pareja de Jimmy Guerrero, acudió a la
Defensoría del Pueblo a denunciar que aquél había sido detenido nuevamente. Ese mismo día, Jimmy
Guerrero declaró que habría sido golpeado por parte de los agentes de las FAPF quienes además le