4. Emprender, o bien, desarrollar las investigaciones administrativas, civiles o penales según corresponda en forma diligente para deducir las responsabilidades de funcionarios o terceros respecto a la contaminación ambiental en La Oroya que afectó el derecho a la salud de las víctimas del presente caso. Igualmente, agotar mecanismos dirigidos a deducir eventuales responsabilidades de la empresa respectiva en relación con la contaminación ambiental en La Oroya. 5. Tomar medidas para evitar la repetición de los hechos del presente caso, en particular: a. Disponer medidas de remediación del daño ambiental, con la participación de las víctimas y que tenga como eje central los contenidos del derecho al medio ambiente y la salud. En particular realizar un estudio que establezca acciones que deben instrumentarse en el corto y largo plazo para remediar la contaminación ambiental en La Oroya y asegurar su implementación efectiva; b. Compatibilizar los estándares de calidad de aire a nivel interno con los parámetros internacionales y de acuerdo a las obligaciones estatales de progresividad en la protección de los DESCA; c. Asegurar que los valores de referencia que miden los niveles de plomo, arsénico, cadmio y otros metales tóxicos en las personas sean compatibles con los parámetros internacionales establecidos por las autoridades especializadas y las obligaciones de progresividad del Estado; d. Asegurar la efectiva fiscalización y cumplimiento de los programas de adecuación y manejo ambiental y en particular que las prórrogas o modificaciones que se realicen a los mismos obedezcan a criterios justificados a la luz de un enfoque de derechos humanos; e. Poner en marcha sistemas de alerta de emergencia efectivos en casos de actividades peligrosas que aseguren que funcionarios públicos tomen medidas para prevenir afectaciones a salud y al medio ambiente e incluya la obligación de proporcionar información a la población local; f. Asegurar que el sistema de salud para los pobladores en La Oroya cuente con programas y servicios especializados que atiendan de manera efectiva las afectaciones a la salud que derivan de la contaminación ambiental. Igualmente deberá tomar en cuenta las necesidades particulares cuando se trate de niños y niñas o se trate de pacientes que presenten alguna otra condición de vulnerabilidad; g. Crear e implementar con la participación de las víctimas, un plan destinado a generar oportunidades y alternativas de desarrollo sostenible en la localidad de La Oroya que tenga en cuenta los derechos humanos y h. Disponer de medidas vinculantes que exijan, promuevan y orienten a las empresas que desarrollan actividades de minería y metalurgia a realizar la debida diligencia en materia de derechos humanos dentro de sus procesos u operaciones respecto a los derechos al medio ambiente sano y salud de conformidad con los estándares del presente informe. Tales medidas deben comprender indicadores que permitan al Estado verificar el cumplimiento por parte de las empresas y hacer rendir cuentas a estas ante sus impactos negativos de manera oportuna. 4

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