RESUELVE:
1.
Declarar, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 3 y 8 a 23 de la presente
Resolución, que se encuentran pendientes de cumplimiento las siguientes medidas de
reparación:
a) continuar los procedimientos judiciales por la desaparición y presunta muerte de Isidro
Caballero Delgado y María del Carmen Santana y su sanción conforme a su derecho
interno (punto dispositivo quinto de la Sentencia de fondo), y
b) continuar los esfuerzos para localizar los restos de las víctimas y entregarlos a sus
familiares (punto dispositivo cuarto de la Sentencia de reparaciones).
2.
Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a
más tardar el 28 de febrero de 2020, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de
investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar, señalada en el punto resolutivo primero y
Considerando 23 de la presente Resolución.
3.
Requerir a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos que presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el
punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados
a partir de la recepción del informe.
4.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado de
Colombia, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos.
Corte IDH. Caso Caballero Delgado y Santana Vs. Colombia. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de noviembre
de 2019.
Eduardo Vio Grossi
Presidente en ejercicio
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