RESUELVE: 1. Declarar, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 3 y 8 a 23 de la presente Resolución, que se encuentran pendientes de cumplimiento las siguientes medidas de reparación: a) continuar los procedimientos judiciales por la desaparición y presunta muerte de Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana y su sanción conforme a su derecho interno (punto dispositivo quinto de la Sentencia de fondo), y b) continuar los esfuerzos para localizar los restos de las víctimas y entregarlos a sus familiares (punto dispositivo cuarto de la Sentencia de reparaciones). 2. Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 28 de febrero de 2020, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar, señalada en el punto resolutivo primero y Considerando 23 de la presente Resolución. 3. Requerir a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción del informe. 4. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado de Colombia, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Caballero Delgado y Santana Vs. Colombia. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de noviembre de 2019. Eduardo Vio Grossi Presidente en ejercicio -11-

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