-20ha aplicado la debida diligencia en evitar y sancionar tales hechos, como en el presente caso, ni el Estado puede responder por faltas de las propias víctimas, cuando, como ocurre en el caso presente, son los propios denunciantes quienes han ocasionado los hechos aislados y excepcionales que denuncian, mediante su incitación continua al odio y la desestabilización”. 72. El Estado manifestó que la actuación de los cuerpos de seguridad del Estado ha sido proporcional, razonable, necesaria e indispensable, “toda vez que han existido gravísimas alteraciones del orden público, de parte de grupos opositores que provocan, en sociedad con RCTV y otros medios parcializados de la oposición, graves atentados contra la buena marcha de las instituciones y la paz social”. Alegó que en el presente caso las autoridades han realizado todo lo que es razonable esperar para disminuir el riesgo, y se han utilizado todos los medios legales disponibles para la determinación de la verdad, la persecución, captura y castigo de los responsables de cualquier alteración al orden público, o de cualquier agresión. El Ministerio Público ha abierto averiguaciones en relación con cada denuncia formulada por las víctimas, ha sustanciado las mismas y ha solicitado la colaboración de éstas. El Estado alegó que en muchos casos no se pudo establecer el tipo y grado de la lesión sufrida por las presuntas víctimas, quienes no asistieron a ningún centro asistencial para ser evaluados. 73. Por otro lado, la Comisión y los representantes alegaron que el Estado incumplió su obligación de investigar los hechos del caso, juzgar y sancionar a todos los responsables, en forma exhaustiva, efectiva y dentro de un plazo razonable, conforme a lo previsto en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana, en perjuicio de todas las presuntas víctimas. 74. En cuanto al plazo razonable de las investigaciones, la Comisión observó que las investigaciones se han extendido por casi seis años sin que se hubiese juzgado a todos los responsables, particularmente a los agentes del Estado, lo cual se ve agravado por cuanto la legislación venezolana no prevé ningún plazo máximo para la duración de una investigación. Ninguno de los hechos denunciados en el ámbito interno ha pasado de la etapa de investigación preliminar y en ninguna de esas causas se ha formulado imputación a persona alguna como presunto responsable de los hechos, ni siquiera en aquella en que hay un autor detenido. Los representantes enfatizaron que la fase de investigación se ha prolongado desmesuradamente en desmedro del derecho de las víctimas de acceder a los órganos de administración de justicia penal en forma expedita y sin dilaciones indebidas. 75. El Estado presentó un análisis de cada una de las investigaciones y concluyó que “en los casos donde jurídicamente era procedente su accionar (delitos de acción pública) ha realizado y conducido investigaciones serias, dirigidas al establecimiento de las responsabilidades que resulten procedentes”. Además, señaló que Venezuela fue sometida a una severa crisis política y social, que implicó complejidad en el desarrollo de las investigaciones. 76. Dado que existe conexidad entre los hechos de la demanda que la Comisión y los representantes han alegado como violatorios de las referidas normas de la Convención, la Corte considera pertinente analizar conjuntamente, en un primer capítulo del fondo del caso (capítulo VIII), esos hechos y alegatos. En particular, dadas las características del presente caso y por las razones expuestas oportunamente (infra párrs. 281 a 291), las alegadas violaciones a los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, reconocidos en los artículos 8 y 25 de la Convención, serán analizadas como parte de la obligación estatal de investigar posibles violaciones de derechos humanos, contenida en el artículo 1.1 de la Convención, como forma de garantía de los otros derechos que se alegan violados. 77. Por último, la Comisión y los representantes alegaron que algunos de los pronunciamientos del Presidente de la República, específicamente los que se refirieron al

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