RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 10 DE DICIEMBRE DE 2014 CASO LÓPEZ LONE Y OTROS VS. HONDURAS VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”), el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas 1 (en adelante “los representantes”), y el escrito de excepción preliminar, contestación al sometimiento del caso y de observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República de Honduras (en adelante “Honduras” o “el Estado”), así como los escritos de observaciones a la excepción preliminar. 2. Las comunicaciones de la Comisión donde remitió los nombres de los peritos propuestos y solicitó la sustitución de uno de ellos, las listas definitivas de declarantes presentadas por los representantes y la Comisión, así como las correspondientes observaciones a dichas listas presentadas por el Estado, los representantes y la Comisión. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de presuntas víctimas, testigos y peritos se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 48, 50, 52.3, 57 y 58 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”). 2. El Estado no presentó lista definitiva de declarantes. El Presidente recuerda que en los casos en que una parte no presenta lista definitiva de declarantes, corresponde a la Presidencia efectuar de oficio la elección de quiénes declararán en audiencia pública, para lo cual puede evaluar la pertinencia de recibir las declaraciones ofrecidas en el momento 1 Los representantes de las presuntas víctimas en el presente caso son la Asociación de Jueces por la Democracia (“AJD”) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (“CEJIL”).