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v.
El 10 de septiembre 2014, durante una reunión de internos con el equipo técnico
de la “Fase Inicial” de la Unidad, el interno R.F.P. fue esposado y llevado a la
sala de seguridad. Según el interno, debido a que cuestionó la conducta de un
agente que habría ofendido moralmente a otro adolescente, fue abusado
verbalmente por este y luego fue esposado a las barras del techo con las manos
hacia arriba, lo que le causó mucho dolor. Según la versión de los funcionarios,
el interno se agitó en la reunión, abusó verbalmente a los agentes y después no
se sometió a la revisión requerida para ingresar al hogar.
vi.
En una declaración de 11 de septiembre de 2014, se señaló que, como protesta
por falta de atención médica a uno de ellos, los internos J.S., V.S. y L.S.
golpearon y patearon la puerta del hogar, por lo cual fueron agredidos de forma
extrema por los agentes socioeducativos. Respecto de esto el interno V.S.
señaló que los agentes colocaron sus rodillas en la espalda de los adolescentes
hasta dejarlos sin aire y casi se desmayan, que L.S. sufrió hasta que vomitó,
que forzaron el brazo de J.S. hasta que lloró y que a él le golpearon la cabeza
contra el piso, intentando noquearlo. En la misma declaración se denunció que
se suspendieron todas las actividades recreativas para los internos, que se
usaron esposas durante un período extensivo, colocando a los internos en una
posición llamada “de porquinho” (“cerdito”): con el abdomen en el suelo y los
brazos esposados atrás de su espalda.
Los funcionarios, en cambio, declararon que intentaron dialogar con los internos,
pero que los internos se auto lesionaron y afirman que son agredidos para
perjudicar a los agentes.
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vii.
Según la declaración de fecha 22 de septiembre de 2014, luego de un disturbio
en el hogar, los internos se resistieron a ser revisados y fueron trasladados al
piso inferior. En el trayecto, el interno R.A. se auto-lesionó, golpeando su cabeza
contra la pared. Según el interno, después de auto-lesionarse fue agredido por
los agentes: fue esposado, torcieron su brazo, y fue golpeado hasta que tosió
sangre.
viii.
El 29 de septiembre de 2014, varios internos desobedecieron a los funcionarios
de la Unidad: se rehusaron a desayunar, golpearon las puertas de la Unidad y
causaron daños materiales. Ante esto, los agentes entraron e hicieron uso de la
fuerza, esposando a los internos. Los adolescentes M.N., J.S., J.O., E.S. y F.D.
denunciaron que fueron agredidos físicamente por los agentes, fueron esposados
con los brazos para atrás, torcieron sus brazos y sufrieron bofetadas.
ix.
El 1 de octubre de 2014, se produjo un desorden causado por tres internos. Sin
embargo, todos los internos que se encontraban en ese momento en la cancha
(10 en total) fueron golpeados y esposados por los agentes3.
x.
El 9 de noviembre de 2014, el interno M.S. estaba en la enfermería y fue
informado que sería esposado a su cama debido a la falta de personal en el
recinto, el interno se negó a ser esposado y fue sancionado con “acautelamento
provisorio”.
Esta sanción fue aplicada sin la debida instauración de una
Comissão de Avaliação Disciplinar (CAD) como correspondía según el reglamento
vigente4 y sin respetar la garantía de defensa del interno, ya que el defensor
público no participó debido a que “no se sentía seguro en la Unidad”.
xi.
El 13 de febrero de 2015, se produjo un motín en el espacio escolar causado por
un grupo de internos. Durante el evento, funcionarios y profesores fueron
tomados como rehenes por algunos internos, los cuales quemaron una sala del
Los representantes señalaron que, según la información disponible, la denuncia no fue enviada a la
Contraloría, y, en muchos de estos casos no hay declaraciones de los adolescentes, sino que solo de los agentes.
4
Instrucción de servicio N° 0464-P, conforme a la ley 12.592/2012.