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conceder oportunidad a la Comisión para formular preguntas al perito, específicamente en lo
que atañe a temas relacionados con el orden público interamericano.
E. Aplicación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas ante la Corte
25.
En el presente caso fueron designadas dos defensoras públicas interamericanas para
asumir la representación de las presuntas víctimas. En el escrito de solicitudes y argumentos,
las defensoras indicaron que los representados carecen de recursos para solventar los costos
del litigio ante la Corte dada su situación económica, por lo que solicitaron la aplicación del
Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. Particularmente, las defensoras solicitaron el reintegro
de lo siguiente: i) la cobertura económica para viaje, traslados, hospedaje y viáticos que
irroguen sus estadías en San José de Costa Rica o en la que la Corte determine para permitir
la comparecencia a la audiencia de la señora Dora Alicia Castillo Mendoza de Luna, y del testigo
Edy Iván Bocanegra Conde; ii) la cobertura económica de los gastos que eventualmente
irrogue la recepción de la declaración por afidávit o por video conferencia de la señora Berta
Lidia Mendoza; iii) la cobertura económica para viaje, traslados, hospedaje y viáticos que
irroguen sus estadías en San José de Costa Rica o en la que la Corte determine para permitir
la comparecencia a la audiencia para los peritos Luis Arroyo Zapatero, María Fernanda López
Puleilo, y iv) la cobertura de los gastos que eventualmente irrogue la recepción de los informes
periciales de Alejandro Rodríguez Barillas y Enrique Oscar Stola, así como la cancelación de
los honorarios de los peritos, previa presentación de la factura fiscal correspondiente.
Finalmente, las defensoras solicitaron el reintegro: i) de las erogaciones efectuadas hasta el
momento de la presentación del escrito de solicitudes y argumentos, y ii) de los gastos por su
intervención en las audiencias, cubriendo los gastos de viaje traslados, hospedaje y viáticos
durante su estadía en la ciudad de San José de Costa Rica, o en cualquier otro Estado, para
asistir a las audiencias previstas en el presente caso, así como en relación a todos los gastos
que demande cualquier actividad vinculada a ello.
26.
El Presidente recuerda que, en casos en que la representación sea asumida
gratuitamente por un defensor interamericano, en los términos del artículo 37 del Reglamento
de la Corte Interamericana, se brindará ayuda a través del Fondo de Asistencia para sufragar,
en la medida de lo posible, los gastos razonables y necesarios que origine tal representación.
Es decir, la aplicación del Fondo en estas situaciones se rige por lo establecido en el artículo 4
del Acuerdo de Entendimiento entre la Corte Interamericana y la Asociación Interamericana
de Defensoría Públicas, de modo que el defensor interamericano designado “deberá presentar
ante la Corte todos los comprobantes necesarios que acrediten los gastos en que se ha
incurrido con motivo de la tramitación del caso ante ésta”. Lo anterior fue expresamente
señalado al notificar el sometimiento del presente caso.
27.
En razón de lo anterior, al haber resuelto sobre la procedencia de las declaraciones y
peritajes, teniendo en cuenta que no se celebrará una audiencia pública en el presente caso,
y de acuerdo a la pertinencia de las declaraciones y por la disponibilidad de fondos, esta
Presidencia dispone que la asistencia económica será asignada para cubrir los gastos de: i)
formalización y envío de las declaraciones presentadas mediante affidávit, las cuales
corresponden a las declaraciones de Dora Alicia Castillo Mendoza de Luna y Berta Lidia
Mendoza, así como la declaración testimonial del señor Edy Iván Bocanegra Conde; ii) los
gastos de realización, formalización y envío de cuatro dictámenes periciales que deben ser
presentados mediante afidávit, los cuales corresponden a los señores Luis Arroyo Zapatero,
Enrique Oscar Stola y Alejandro Rodríguez Barillas y a la señora María Fernanda López Puleilo;
y iii) los demás gastos razonables y necesarios en que hayan incurrido o puedan incurrir las