adelante “contestación” o “escrito de contestación”), en el cual se opuso a las violaciones
alegadas por la Comisión y el representante.
9.
Audiencia pública. – Mediante Resolución de 22 de marzo de 2023, la Presidencia
de la Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública celebrada el 28
de abril de 2023, durante el 157° Período Ordinario de Sesiones de la Corte celebrado
en Santiago, Chile5.
10. Amici Curiae. – La Corte recibió tres escritos de amicus curiae presentados por (i)
el International Child Abduction Centre (Reunite)6; (ii) la Clínica Jurídica en Derechos
Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello7, y (iii) la Clínica Jurídica de Interés
Público y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la
Universidad de La Sabana8.
11. Alegatos y observaciones finales escritas. – El 26 de mayo de 2023 el
representante presentó sus alegatos finales escritos. El 29 de mayo de 2023 el Estado y
la Comisión presentaron sus alegatos y observaciones finales escritas, respectivamente.
El Estado remitió documentación anexa a su escrito de alegatos finales. Por instrucciones
del Presidente de la Corte, se solicitó al representante y a la Comisión que remitieran
las consideraciones que estimaran pertinentes sobre los anexos enviados por el Estado.
El 8 de junio de 2023 el representante presentó sus observaciones y solicitó inadmitir la
documentación presentada (infra párr. 21). El 15 de junio de 2023 la Comisión remitió
sus observaciones a la documentación ofrecida por el Estado.
12. Deliberación del presente caso. – La Corte deliberó la presente Sentencia de forma
virtual durante el 25 de agosto de 2023 y de forma presencial el 29 de agosto y 4 de
septiembre de 2023.
III
COMPETENCIA
13. La Corte Interamericana es competente para conocer el presente caso en los
términos del artículo 62.3 de la Convención, debido a que Paraguay es Estado Parte de
la Convención desde el 24 de agosto de 1989 y reconoció la competencia contenciosa
de este Tribunal el 11 de marzo de 1993.
Cfr. Caso Córdoba y otro Vs. Paraguay. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de marzo de 2023. Disponible en:
https://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/cordoba_22_03_2023.pdf.
5
El escrito fue firmado por Carolina Marín Pedreño de Dawson Cornwell LLP y Alexander Laing de Coram
Chambers. Se refiere al marco jurídico internacional de la sustracción internacional de niños y niñas en las
Américas y a la práctica en Inglaterra y Gales en materia de prevención de la sustracción internacional de
niños y niñas (expediente de fondo, folios 633 a 684).
6
El escrito fue firmado por Jesús María Casal, Decano de la Facultad de Derecho, Aura Janesky Lehman,
Directora del Centro de Clínica Jurídica, Mariana Campos Villalba, Profesora de la cátedra Clínica Jurídica de
Derechos Humanos, Leonardo Verónico, Profesor de la cátedra Clínica Jurídica de Derechos Humanos, y José
Gelvez, Mariam Salas, Alejandra Padrón, Patricia Menoni, Jorge Freitas Di tomo, Roselis Díaz, Daniela Padrón
y Ricardo Carmona, cursantes de la Clínica Jurídica en Derechos Humanos. Versa sobre la revinculación
familiar, la utilidad de la aplicación analógica de los estándares de búsqueda de desaparición forzada en el
presente caso, el deber de debida diligencia a cargo del Estado paraguayo y las medidas de reparación
aplicables (expediente de fondo, folios 884 a 940).
7
El escrito fue firmado por Laura Sofía Bohórquez Rojas, Elisa María Hernández Mora, Cindy Vanessa
Espitia Murcia y Julián Ricardo Murcia Rodríguez, integrantes de la Clínica Jurídica de Interés Público y Derechos
Humanos. Trata sobre las obligaciones del Estado en materia de protección a la unidad familiar y reunificación
familiar (expediente de fondo, folios 951 a 975).
8
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