procedió a subir los catéteres, logrando colocar el izquierdo, pero no el derecho55. En vista de lo anterior, el médico tratante A.B.Y. informó a la paciente sobre la necesidad de realizar una nueva intervención quirúrgica para colocar el catéter “doble J” derecho56. El 28 de agosto de 1998 la señora Rodríguez Pacheco egresó de la clínica privada La Concepción57 y el 15 de septiembre de ese año retornó para someterse a un cambio de catéter “doble J” derecho58. B.4. Posterior intervención quirúrgica 41. Tras las intervenciones quirúrgicas de agosto y septiembre de 1998, la señora Rodríguez Pacheco presentó dificultades para regenerar satisfactoriamente el tejido dañado59. El 9 de febrero de 1999 la paciente fue sometida a una sexta intervención quirúrgica en una clínica privada del área metropolitana de la ciudad de Caracas, donde le realizaron una plastia que consistió en reconstruir los uréteres con tejido de la vejiga, cerrar una fístula y sujetar la vejiga60. B.5. Posteriores problemas de salud y actual situación de discapacidad de la señora Rodríguez Pacheco 42. Tras los mencionados procedimientos quirúrgicos de agosto y septiembre de 1998, la señora Rodríguez Pacheco tuvo que desplazarse en silla de ruedas durante casi un año, utilizar pañales, y usar sondas vesicales61. 43. De conformidad con el acervo probatorio obrante, a la señora Rodríguez Pacheco le practicaron dos reconocimientos médico-legales en la Medicatura Forense de Barquisimeto del Cuerpo Técnico de Policía Judicial del estado Lara. En el primer reconocimiento se constató que, al egresar de la Clínica La Concepción el 28 de agosto de 1998, la señora Rodríguez Pacheco presentaba “una fístula vésico-vaginal, la cual 55 Cfr. Acta de entrevista a A.B.Y. de fecha 31 de marzo de 1999, ante la Delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas, de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folios 19 y 20). 56 Cfr. Acta de entrevista a A.B.Y. de fecha 31 de marzo de 1999, ante la Delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas, de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folios 19 y 20). 57 Cfr. Informe Médico de la señora Rodríguez Pacheco elaborado por el doctor M.P.T., de 15 de septiembre de 1998 (expediente de prueba, folio 3201). 58 Cfr. Denuncia de la señora Rodríguez Pacheco ante el Ministerio Público, de 18 de enero de 1999, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folio 9). 59 Cfr. Denuncia de la señora Rodríguez Pacheco ante el Ministerio Público, de 18 de enero de 1999, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folio 184), y Declaración de la señora Rodríguez Pacheco rendida en la audiencia pública celebrada el día 21 de marzo de 2023 en el marco del 155o Período Ordinario de Sesiones. 60 Cfr. Denuncia de la señora Rodríguez Pacheco ante el Ministerio Público, de 18 de enero de 1999, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folio 184), y Declaración de la señora Rodríguez Pacheco rendida en la audiencia pública celebrada el día 21 de marzo de 2023 en el marco del 155o Período Ordinario de Sesiones. 61 Cfr. Declaración de la señora Rodríguez Pacheco rendida en la audiencia pública celebrada el día 21 de marzo de 2023 en el marco del 155o Período Ordinario de Sesiones. 17

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