sus artículos 1.1 y 2, en perjuicio de José Antonio Gutiérrez Navas, Rosalinda Cruz Sequeira, José Francisco Ruiz Gaekel y Gustavo Enrique Bustillo Palma. En consecuencia, la Comisión solicita a la Corte Interamericana que establezca las siguientes medidas de reparación: 1. Reincorporar a las víctimas, en caso de ser este su deseo, en cargos similares al que desempeñaban en el Poder Judicial, con la misma remuneración, beneficios sociales y rango equiparable a los que le correspondería el día de hoy si no hubiera sido destituidos. Si por razones fundadas no es posible la reincorporación, pagar una indemnización alternativa. 2. Reparar integralmente las violaciones de derechos declaradas en el informe incluyendo el pago de una compensación por las afectaciones materiales e inmateriales. 3. Adecuar la legislación interna, para asegurar que los procesos disciplinarios en contra de las más altas autoridades del Poder Judicial sean compatibles con los estándares en materia de independencia judicial establecidos en el presente informe y cumplan con todas las garantías del debido proceso y el principio de legalidad. Además de la necesidad de obtención de justicia y reparación por la falta de cumplimiento de las recomendaciones del Informe de Fondo, la Comisión considera que el caso presenta cuestiones de orden público interamericano. El mismo permitirá a la Honorable Corte continuar desarrollando los estándares internacionales en materia de garantías judiciales y principio de legalidad en el marco de procesos disciplinarios contra jueces y juezas, en particular respecto de altas cortes de justicia. Asimismo, la Corte podrá continuar profundizando su jurisprudencia relativa al vínculo de dichas garantías con la independencia judicial y el ejercicio de los derechos políticos. La Comisión pone en conocimiento de la Honorable Corte la siguiente información de quienes actúan como parte peticionaria en el trámite ante la CIDH conforme a la información más reciente: XXX Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Marisol Blanchard Secretaria Ejecutiva Adjunta Anexo 4

Select target paragraph3