RESOLUCIÓN
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 4 DE OCTUBRE DE 2022
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE NICARAGUA
ASUNTO 45 PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD EN 8 CENTROS DE
DETENCIÓN RESPECTO DE NICARAGUA
VISTO:
1.
El escrito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Comisión Interamericana” o “la Comisión”) de 7 de septiembre de 2022 y sus anexos,
mediante los cuales sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) una solicitud de medidas
provisionales, de conformidad con el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”), con el
propósito de que requiera a la República de Nicaragua (en adelante “Nicaragua” o “el
Estado”) que (i) adopte sin dilación las medidas necesarias para proteger eficazmente la
vida, integridad, salud, acceso a la alimentación y libertad de 45 personas privadas de
la libertad en 8 centros de detención1 y sus núcleos familiares (en adelante “los
propuestos beneficiarios”), considerando el enfoque de género, según corresponda, y
(ii) proceda a la liberación inmediata de las 45 personas identificadas privadas de su
libertad en Nicaragua debido a las serias e inhumanas condiciones de detención en las
que se encuentran, la falta de atención médica, y el serio deterioro de su salud física y
mental.
Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución
fue deliberada y aprobada durante el 152 Período Ordinario de Sesiones, de forma no presencial utilizando
medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte.
El Juez Humberto Antonio Sierra Porto no participó en la deliberación y firma de esta Resolución, por
motivos de fuerza mayor.
Se trata de: (1) Jhon Cristopher Cerna Zúñiga; (2) Fanor Alejandro Ramos; (3) Edwin Antonio
Hernández Figueroa; (4) Víctor Manuel Soza Herrera; (5) Michael Rodrigo Samorio Anderson;(6) Néstor
Eduardo Montealto Núñez; (7) Francisco Xavier Pineda Guatemala; (8) Manuel de Jesús Sobalvarro Bravo; (9)
Richard Alexander Saavedra Cedeño; (10) Luis Carlos Valle Tinoco; (11) Víctor Manuel Díaz Pérez; (12) Nilson
José Membreño; (13) Edward Enrique Lacayo Rodríguez; (14) Maycol Antonio Arce; (15) María Esperanza
Sánchez García; (16) Karla Vanessa Escobar Maldonado; (17) Samuel Enrique González; (18) Mauricio Javier
Valencia Mendoza; (19) Jorge Adolfo García Arancibia; (20) Leyving Eliezer Chavarría; (21) Carlos Antonio
López Cano; (22) Lester José Selva; (23) Eliseo de Jesús Castro Baltodano; (24) Kevin Roberto Solís; (25)
José Manuel Urbina Lara; (26) Benjamín Ernesto Gutiérrez Collado; (27) Yubrank Miguel Suazo Herrera; (28)
Yoel Ibzán Sandino Ibarra; (29) José Alejandro Quintanilla Hernández; (30) Marvin Antonio Castellón Ubilla;
(31) Lázaro Ernesto Rivas Pérez; (32) Gustavo Adolfo Mendoza Beteta; (33) Denis Antonio García Jirón; (34)
Danny de los Ángeles García González; (35) Steven Moisés Mendoza; (36) Wilber Antonio Prado Gutiérrez;
(37) Walter Antonio Montenegro Rivera; (38) Max Alfredo Silva Rivas; (39) Gabriel Renán Ramirez Somarriba;
(40) Wilfredo Alejandro Brenes Domínguez; (41) Marvin Samir López Ñamendis; (42) Irving Isidro Larios
Sánchez; (43) Roger Abel Reyes Barrera; (44) José Antonio Peraza Collado; y (45) Rusia Evelyn Pinto Centeno.
1