relación con casos concretos, o ser de carácter más general 24.
35. El 15 de marzo de 1993 la Comisión de la Verdad emitió su Informe mediante el
cual describió los patrones de violencia durante el conflicto armado, tanto de agentes
estatales como de integrantes del FMLN. De las denuncias recibidas por la Comisión de
la Verdad 25 “[m]ás de un 60% del total corresponden a ejecuciones extrajudiciales; más
del 25% a desapariciones forzadas; y más del 20% incluyen denuncias de tortura”. En
lo que respecta a los perpetradores, las denuncias atribuyeron “casi 85% de los casos a
los agentes del Estado, a grupos paramilitares aliados de éstos y los escuadrones de la
muerte” 26.
36. La Comisión de la Verdad dividió la etapa examinada (1980-1991) en cuatro
periodos: desde 1980 a 1983; 1983 a 1987; 1987 a 1989 y 1989 a 1991. El periodo
desde 1980 a 1983, dentro del cual se enmarcan los hechos de este caso, se denominó
“la institucionalización de la violencia”. Esta etapa se caracterizó por “[l]a instauración
de la violencia de manera sistemática, el terror y la desconfianza en la población civil”,
así como por “[l]a desarticulación de cualquier movimiento opositor o disidente por
medio de detenciones arbitrarias, asesinatos, desaparici[ones] selectiva[s] e
indiscriminad[as]” 27.
37. El Tribunal destaca que, en el marco del conflicto armado, la represión se dirigió,
entre otros, contra “organizaciones políticas, gremios y sectores organizados de la
sociedad salvadoreña”, produciéndose ataques contra personas relacionadas con
“entidades de derechos humanos” 28, como la institución jesuita Oficina para el Socorro
Jurídico del Arzobispado de El Salvador 29 (en adelante “la Oficina del Socorro Jurídico”),
y la Universidad Centroamericana 30 (UCA).
Cfr. Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 46.
Si bien la Comisión de la Verdad registró más de 22,000 denuncias de graves hechos de violencia
ocurridos en El Salvador durante el período de enero de 1980 a julio de 1991, “estas denuncias no
representa[ban] la totalidad de los hechos de violencia”, ya que la Comisión sólo alcanzó a recibir en su período
de tres meses de recepción de testimonios una muestra significativa. Cfr. Informe de la Comisión de la Verdad
para El Salvador, “De la locura a la esperanza: la guerra de 12 años en El Salvador”, de 15 de marzo de 1993,
pág. 41. Disponible en: https://digitallibrary.un.org/record/183599?ln=es#record-files-collapse-header
26
Cfr. Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 47.
27
Cfr. Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 48.
28
Cfr. Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, “De la locura a la esperanza: la guerra de
12
años
en
El
Salvador”,
de
15
de
marzo
de
1993,
pág.
18.
Disponible
en:
https://digitallibrary.un.org/record/183599?ln=es#record-files-collapse-header
29
De acuerdo con lo informado por los representantes, el Socorro Jurídico Cristiano fue fundado “en
1975 dentro del colegio de la Compañía de Jesús por su rector, el sacerdote Segundo Monte”. Posteriormente
inició labores la Oficina del Socorro Jurídico del Arzobispado de El Salvador, la cual fue dirigida por Monseñor
Óscar Arnulfo Romero y Galdámez para proveer asesoramiento legal a personas habrían sufrido violaciones a
los derechos humanos en el marco del conflicto armado. De acuerdo con lo señalado por el Estado en su escrito
de contestación, “la persecución que experimentó dicha organización durante el conflicto armado” constituye
una línea de investigación “a fin de determinar si la desaparición de las víctimas en el caso está vinculad[a] a
ello”. Cfr. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, de 31 de agosto de 2022 (expediente de fondo, folio
80), y Escrito de contestación, de 29 de noviembre de 2022 (expediente de fondo, folio 147).
30
La Comisión de la Verdad tuvo conocimiento de ataques contra la vida e integridad personal
perpetuados contra personas relacionadas con la UCA. En particular, señaló que, en el marco del conflicto
armado, se produjo la “ejecución extrajudicial” de distintos sacerdotes jesuitas, incluyendo a: el Rector de la
UCA, Padre Ignacio Ellacuría; el Vicerrector, Padre Ignacio Martín Baró; el Director del Instituto de Derechos
Humanos de la UCA, Padre Segundo Montes, fundador del Socorro Jurídico Cristiano “Oscar Arnulfo Romero”
y residente del Instituto de Derechos Humanos (IDHUCA), de la misma universidad. Cfr. Informe de la
Comisión de la Verdad para El Salvador, “De la locura a la esperanza: la guerra de 12 años en El Salvador”,
24
25
13