14 2) Luz García Méndez y 3) Yeny Carolina Torres Bocachica Declararán sobre “los efectos psicosociales que la [presunta] detención y desaparición forzada de las víctimas tuvieron sobre los familiares, haciendo énfasis en los efectos en los niños, las niñas y las mujeres. Asimismo se referirá al [presunto] daño causado en los familiares a raíz de la impunidad en que se mantienen estos hechos y sobre las confesiones que han efectuado los postulados en Justicia y Paz sobre este caso. Examinarán los [presuntos] daños colectivos que la secuencia de las [supuestas] desapariciones generó en la comunidad de la Vereda La Esperanza. También se referirá a las medidas que el Estado debe adoptar para reparar el [presunto] daño causado a las víctimas y a sus familiares, entre otros aspectos relacionados con el caso”. 4) Alberto Yepes Palacio, quien realizará un dictamen sobre la evolución y consolidación del paramilitarismo en el Departamento de Antioquia, en la región conocida como el Magdalena Medio y oriente antioqueño. Además, el perito analizara la responsabilidad del Estado en un contexto de vínculos entre agentes estatales y paramilitares por el importante nivel de coordinación entre la Fuerza Pública y las autodefensas del Magdalena Medio. 5) Federico Andreu Guzmán, quien realizará un peritaje sobre la compatibilidad de las normas legales y reglamentarias aplicadas en proceso de Justicia y Paz (Ley 975) con los estándares de debida diligencia en el deber de investigar graves violaciones de los derechos humanos para garantizar plenamente los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas en el marco de un proceso de justicia transicional. Para ello, analizará el marco jurídico internacional que regula la justicia transicional; el modelo de construcción procesal de la verdad en la Ley 975 a partir de la confesión a través de versiones libres de los postulados; el deber del Estado de contrastación y verificación de dichas versiones libres para la construcción de la verdad procesal; la estrategia de priorización de casos, y de máximos responsable; la participación efectiva de las víctimas y sus representantes en dichos procesos; la construcción de contextos y patrones; la identificación y caracterización de los poderes políticos, económicos y militares; la evaluación de los requisitos de elegibilidad para el otorgamiento de los beneficios jurídicos en el marco del proceso de justicia y paz; acceso a información que permita la identificación del paradero o localización de las víctimas de desaparición forzada. Finalmente, se pronunciará sobre la aplicación en el caso concreto del referido marco internacional de justicia transicional. En relación con todo lo anterior, el perito, podrá referirse preferentemente a aquellos estándares que han sido desarrollados por: el sistema universal, los sistemas regionales de derecho internacional de los derechos humanos diferentes al interamericano, el derecho penal internacional, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional público, o el derecho comparado 6) Gabriella Citroni, quien rendirá un peritaje sobre los estándares internacionales aplicables a las investigaciones en relación con el delito de desaparición forzada de personas en casos en que han transcurrido casi dos décadas, con especial énfasis en la desaparición de niños y mujeres, en un contexto de desapariciones sistemáticas en el marco de conflictos armados internos. Además, desarrollará las obligaciones que tiene un Estado para garantizar los derechos a la verdad y la justicia en la investigación de este delito en un marco de justicia transicional, con particular referencia a la Ley de Justicia y Paz colombiana y, en su caso, ofrecerá las medidas que debe aplicar el Estado para superar las dificultades identificadas. En relación con todo lo anterior, la perito, podrá referirse preferentemente a aquellos

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