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observaciones a dichas declaraciones y peritajes, a más tardar con sus alegatos u
observaciones finales escritos.
5.
Convocar a los representantes y al Estado, así como a la Comisión Interamericana, a
una audiencia pública que se celebrará los días 21, a partir de las 15h00, y 22 de junio de
2016, a partir de las 09:00, durante el 54° Período Extraordinario de Sesiones por realizarse
en la ciudad de San José, Costa Rica, para recibir sus alegatos finales orales y observaciones
finales orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares, eventuales fondo y
reparaciones y costas, así como las declaraciones de las siguientes personas:
A)
Presunta víctima (propuesta por los representantes)
1) Florinda de Jesús Gallego Hernández, declarará sobre la forma en que se habría
enterado de la desaparición de sus familiares y lo que sabe acerca de lo que les
habría ocurrido; la presunta pérdida de bienes y viviendas en estos mismos hechos;
a lo que se habría visto enfrentada para responder a los cambios familiares,
económicos y de residencia derivados de la presunta desaparición forzada de sus
familiares; y el alegado accionar de los grupos paramilitares en la zona. Además
declarará sobre las alegadas gestiones realizadas para la búsqueda de justicia por
ella y sus familiares, los presuntos obstáculos enfrentados y la respuesta obtenida;
la forma en que estos hechos habrían afectado a ella y a los miembros de su
familia, incluyendo los familiares que fallecieron durante estos últimos 19 años; así
como acerca de las medidas que el Estado debería adoptar para reparar el presunto
daño causado.
B)
Testigo (propuesto por el Estado)
2) Liliana Calle, declarará sobre la investigación penal a su cargo, relacionada con los
hechos del caso sometido al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, y sobre la supuesta participación de las víctimas y sus representantes en
dichas investigaciones.
C)
Perito (propuesto por el Estado)
3) Juanita Maria Goebertus, rendirá su dictamen pericial sobre la compatibilidad de las
herramientas de justicia transicional implementadas por el Estado desde la
expedición de la Ley 975 de 2005, con los estándares internacionales en materia de
acceso a la justicia. En especial, se referirá preferentemente a aquellos estándares
que han sido desarrollados por: el sistema universal, los sistemas regionales de
derecho internacional de los derechos humanos diferentes al interamericano, el
derecho penal internacional, el derecho internacional humanitario, el derecho
internacional público, o el derecho comparado. Además, se referirá a la
concentración de la acción penal en la investigación de máximos responsables, la
priorización de casos, y la investigación de crímenes de sistema y macro contextos.
D)
Perito (propuesto por los representantes)
4) David Martínez Osorio, declarará sobre la eficacia y compatibilidad con estándares
internacionales de la metodología investigativa que está aplicando el Estado para
indagar patrones de actuación conjunta entre agentes estatales y paramilitares a
través de la incorporación del principio de priorización de casos para investigar a los
máximos responsables de graves violaciones de los derechos humanos y de
‘macrocontextos’ en los procesos de Justicia y Paz. Lo anterior con el propósito de
evaluar si dicha actuación permite investigar de manera efectiva crímenes de
sistema, avanzar en la identificación y caracterización de estructuras criminales