atacados y por lo tanto, en base de esa información decidimos sacarla a una zona en donde ambientalmente sea
más conveniente para ella y en términos de seguridad física también sean muchos más confortables para ella”118.
79.
La Comisión nota que la situación de las dos niñas fue un hecho público que captó la atención
internacional. Al respecto, el 16 de mayo de 2013 el Relator Especial James Anaya declaró sobre el caso de las
dos niñas raptadas y la matanza del 2013 indicando que “corresponde al Estado adoptar todas las medidas de
protección necesarias en el máximo interés de las menores, empezando por su salud física y psicológica y la
preservación de su cultura, de acuerdo con los estándares internacionales”119.
4.
Otras medidas adoptadas por el Estado respecto de los PIAV relacionadas con los hechos del caso
80.
A lo largo del proceso, el Estado ha incorporado información respecto de la creación de diferentes
instrumentos, órganos e institucionalidad, relacionada con la tutela y protección de los derechos de los PIAV.
Mucha de esta información ya fue mencionada a lo largo del presente informe, sin embargo, se dará cuenta en
este punto de otros procesos transversales relevantes.
81.
El 14 de abril de 2008, el Estado adoptó el Acuerdo Interministerial No. 120 en el Registro Oficial No.
135, que aprobó el Código de Conducta para la observancia de las empresas hidrocarburíferas públicas y
privadas colindantes a la ZITT120. Asimismo, En 2008, en el marco del PMCTT el Estado implementó una Estación
de Monitoreo de la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane (EMZITT), que en la actualidad dispone de 12 puntos
de avistamiento121.
82.
El Estado también informó respecto de la implementación y observación de los Protocolos Integrados
de Contingencia para evitar, prevenir o manejar contactos fortuitos con los PIAV y también el Proceso de
Evaluación Socio-Ambiental sobre el impacto de las actividades hidrocarburiferas en los territorios de los
PIAV122.
83.
En relación con las medidas sobre salud, el Estado señaló que el Ministerio de Salud Pública desarrolló
el denominado “Cordón de protección de Salud” que implica la coordinación y ejecución de acciones de
promoción, prevención y atención primaria de salud en el conjunto de poblaciones colindantes al territorio que
ocupan los PIAV 123 . Estos cercos epidémicos fueron implementados a través de un equipo de 20 personas
(conformado por médicos, odontólogos, enfermeros, auxiliares de atención y promotores de salud Waorani124).
84.
En el 2012, 2000 personas que laboran en la empresa estatal Petroamazonas EP, fueron capacitadas
sobre los derechos de los PIAV125.
85.
El Estado también señaló que el Ministerio de Justicia ha desarrollado una metodología de control
territorial que consiste en la recopilación sistemática de datos con el fin de determinar cualquier posible
presencia de PIAV, así como el registro de eventuales afectaciones y presiones que puedan existir hacia sus
territorios. Esta intervención técnica incluye: recorridos terrestres con técnicos indígenas de la zona quienes
están dotados con equipo para geo-referenciación y registro fotográfico, entrevista a los pobladores de las
comunidades colindantes, reportes radiales desde las comunidades indígenas, análisis de fotografías satelitales
y áreas que se complementan con sobrevuelos para verificar probables zonas habitadas por los PIAV. En esta
misma línea de acción, se informó también sobre la creación de un sistema permanente de monitoreo
118Anexo
57. Sentencia de la Corte Constitucional No. 004-14-SCN-CC de 6 de agosto de 2014. Documento incorporado al expediente para
audiencia ante la CIDH de 19 de octubre de 2015.
119 Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Nota de prensa: Ecuador: experto de la ONU pide el fin
de la violencia entre indígenas Tagaeri-Taromenane y Waorani. Ginebra, 16 de mayo de 2013.
120 Escrito del Estado, de 4 de septiembre de 2015 (Código de Conducta a Empresas Públicas y Privadas Hidrocarburiferas. Acuerdo
Ministerial 120, Registro Oficial 315 del 14 de abril 2008 lo reporta pero no fue incorporado al expediente)
121 Escrito del Estado de 4 de septiembre de 2015.
122 Escrito del Estado de 9 de septiembre de 2010.
123 Escrito del Estado, e34 de septiembre de 2015.
124 Anexo 61. Ministerio de Justicia, derechos humanos y culto, Plan de Medidas Cautelares a favor de Pueblos Indígenas en Aislamiento
Tagaeri-Taromenane, Informe Final de Actividades 2012, Diciembre 2012
125 Anexo 61. Ministerio de Justicia, derechos humanos y culto, Plan de Medidas Cautelares a favor de Pueblos Indígenas en Aislamiento
Tagaeri-Taromenane, Informe Final de Actividades 2012, Diciembre 2012
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