5 de julio de 2017 Ref.: Caso No. 12.663 Tulio Alberto Álvarez Venezuela Señor Secretario: Tengo el agrado de dirigirme a usted en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el caso 12.663 – Tulio Alberto Álvarez respecto de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante “el Estado”, “el Estado venezolano” o “Venezuela”). El caso se relaciona con la violación al derecho a la libertad de expresión, los derechos políticos y la libertad de circulación del abogado y comunicador Tulio Álvarez, por el proceso penal en su contra por la comisión del delito de difamación agravada continuada promovido en su contra por un ex diputado y presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, por el que fue sentenciado a dos años y tres meses de prisión y a pena accesoria de inhabilidad política, y durante el cual estuvo afectado por una medida cautelar de prohibición de salida del país. Además, el caso se relaciona con la violación del derecho a la presunción de inocencia y otras garantías del debido proceso durante el juicio llevado a cabo en su contra. En la práctica, esto ha tenido un efecto sancionatorio e inhibitorio de la libertad de expresión, con consecuencias en el proyecto de vida del señor Tulio Álvarez. La CIDH concluyó que el Estado de Venezuela violó el derecho a las garantías judiciales y protección judicial, así como el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la libertad de circulación y los derechos políticos de Tulio Álvarez, en relación con la obligación general de respetar los derechos y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno. El Estado ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 9 de agosto de 1997 y aceptó la competencia contenciosa de la Corte el 24 de junio de 1981. El Estado denunció la Convención Americana el 10 de septiembre de 2012. Los hechos del presente caso tuvieron lugar antes del 10 de septiembre de 2013, fecha en que entró en vigencia la denuncia de la Convención Americana. La Comisión ha designado al Comisionado Francisco Eguiguren, al Secretario Ejecutivo Paulo Abrão y al Relator Especial para la Libertad de Expresión Edison Lanza, como sus delegados. Asimismo, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta y Ona Flores y Silvia Serrano Guzmán, abogadas de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH, actuarán como asesoras legales. Señor Pablo Saavedra Alessandri, Secretario Corte Interamericana de Derechos Humanos Apartado 6906-1000 San José, Costa Rica Anexos

Select target paragraph3