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concluyendo que no se abrirá proceso administrativo disciplinario185 y el 28 de octubre de
2004 se designó un nuevo Auxiliar Fiscal186 y
c)
en enero de 2006 la Fiscal de Distrito Adjunto de la Agencia No. 5 de Mixco solicitó
investigadores de tiempo completo para avanzar en encontrar a los responsables de la
muerte de María Isabel, así como también se dieron a conocer nuevos lineamientos para la
investigación187.
115.
Denuncia ante el Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala.– El 31
de enero de 2003 la señora Rosa Elvira Franco presentó una denuncia ante el Procurador de los
Derechos Humanos de Guatemala (en adelante “el Procurador”) “referente a la violación del
Derecho Humano al Debido Proceso, que fue objeto de la Auxiliar Fiscal […] de la Fiscalía [No. 5] del
Municipio de Mixco del departamento de Guatemala” debido a que la investigación del homicidio de
su hija no avanzaba y estaba estancado188. El 2 de noviembre de 2004 el Procurador emitió una
resolución, en la cual señaló que había existido violación al derecho a la seguridad y al debido
proceso de la señora Franco Sandoval dado que “el Ministerio Público no procedió acorde al principio
de objetividad en el ejercicio de la acción penal […] dentro de los plazos establecidos por la ley” y
los fiscales de la Agencia No. 32 de Guatemala y la Agencia No. 5 de Mixco “incurrieron en dilación
de justicia al solicitar y tramitar la inhibitoria para conocer el caso en razón de territorio que al final
se declaró sin lugar”. Recomendó al Fiscal General de la República y al Jefe del Ministerio Público
ejercer mayor control a fin de que los asuntos se lleven en forma ágil y eficiente189.
116.
Solicitud de informes a bomberos y policía.- Durante el mes de julio de 2009 el
Auxiliar Fiscal de la Agencia No. 5 de Mixco requirió información al Jefe de Bomberos y a un agente
policial, en relación a lo actuado el 18 de diciembre de 2001190 (infra párr. 196.d).
117.
Búsqueda infructuosa de pruebas extraviadas.– Se han buscado, sin éxito,
varias piezas probatorias extraviadas:
a)
el 5 de enero de 2011 el Auxiliar Fiscal de la Agencia No. 1 de la Fiscalía Municipal
de Mixco envió un oficio al Jefe del Almacén de Evidencias del Ministerio Público para
solicitarle que informara acerca del paradero de las pruebas que no se localizaban191;
b)
el mismo 5 de enero el jefe del Almacén de Evidencia respondió que el pantalón de
lona, las dos toallas y las calcetas no habían ingresado al almacén, y posteriormente
reiteró su respuesta el 24 de enero de 2011, indicando que las tres pruebas habrían
quedado a cargo de un químico farmacéutico de la Subdirección Técnico Científica que
posteriormente se constituyó como el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (en adelante
INACIF)192;
c)
el 14 de enero de 2011 el Agente Fiscal de la Agencia No. 1 de la Fiscalía Municipal
de Mixco envió una solicitud al jefe del Almacén Central de Evidencias del Ministerio
185
Cfr. Informe No. 534-2004 emitido por la supervisora Auxiliar del Ministerio Público de 13 de septiembre de
2004 (expediente de anexos a la contestación, anexo 3-3b, fs. 13,439 a 13,441).
186
Cfr. Oficio emitido por el Agente Fiscal de la Agencia No. 5 de Mixco concediendo cambio de Auxiliar fiscal de
28 de octubre de 2004 (expediente de anexos a la contestación, anexo 3-3b, f. 13,443).
187
Cfr. Oficio de solicitud emitido por la Fiscal de Distrito Adjunto de la Agencia No. 5 de Mixco de 31 de enero
de 2006 (expediente de anexos a la contestación, anexo 3c, f. 13,671), y Oficio de lineamientos emitido por la
Fiscal de Distrito Adjunto de la Agencia No. 5 de Mixco de 31 de enero de 2006 (expediente de anexos a la
contestación, anexo 3c, f. 13,672).
188
Cfr. Auto del Procurador de los Derechos Humanos de 31 de enero de 2003 (expediente de anexos al escrito
de solicitudes y argumentos, tomo I, anexo 23, f. 5,392).
189
Cfr. Resolución del Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala de 2 de noviembre de 2004
(expediente de anexos al Informe de Fondo, anexo 23, fs. 135 a 137).
190
Cfr. Oficio emitido por el Auxiliar Fiscal de la Agencia No. 1 de la Fiscalía Municipal de Mixco dirigido al Jefe
de Bomberos Municipales de ciudad capital de 13 de julio de 2009 (expediente de anexos al escrito de
solicitudes y argumentos, anexo 113, f. 12,644).
191
Cfr. Oficio emitido por el Auxiliar Fiscal de la Agencia No. 1 de la Fiscalía Municipal de Mixco dirigido al Jefe
del Almacén de Evidencias del Ministerio Público de 5 de enero de 2011 (expediente de anexos al escrito de
solicitudes y argumentos, tomo I, anexo 37, f. 5,438).
192
Cfr. Oficio del Jefe del Almacén Central de Evidencias del Ministerio Público de 24 de enero de 2011
(expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo I, anexo 39, f. 5,442).