-4- 6. En virtud de lo anterior, la Corte considera que el Estado ha dado cumplimiento a las medidas de publicación y difusión de la Sentencia y de su resumen oficial, ordenadas en el punto resolutivo décimo primero de la misma. B. Acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional B.1. Medida ordenada por la Corte 7. En el punto resolutivo décimo segundo y en el párrafo 212 de la Sentencia, el Tribunal dispuso que el Estado debía, en el plazo de un año contado a partir de la notificación de la Sentencia, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del presente caso. Además, la Corte indicó que, en dicho acto, Colombia debía: i) hacer referencia a las violaciones de derechos humanos declaradas en la Sentencia; ii) llevarlo a cabo mediante una ceremonia pública en presencia de altos funcionarios del Estado y de las víctimas, y iii) acordar con las víctimas o sus representantes la modalidad de cumplimento del acto público de reconocimiento, así como las particularidades que se requieran, tales como el lugar y la fecha para su realización. B.2. Consideraciones de la Corte 8. Con base en lo informado por el Estado17 y confirmado por los representantes de las víctimas18, el 29 de marzo de 2019 se efectuó el acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional “en la ciudad de Cartagena, en el marco de la reunión de medio año de la Sociedad Interamericana de Prensa”. El acto contó con la asistencia de numerosos familiares del señor Nelson Carvajal19. Asimismo, en lo que respecta a autoridades estatales, participaron el Presidente de la República de Colombia, el Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales y la Viceministra de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores. También asistieron el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Presidenta de la Sociedad Interamericana de Prensa, la Presidenta de la organización Robert F. Kennedy Human Rights, así como “periodistas y comunicadores sociales”. 9. Durante el acto, el Presidente de la República de Colombia expresó ante el público asistente, entre otros, que “venimos hoy como Gobierno Nacional […] a rendirle tributo a Nelson Carvajal”. Asimismo, el Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales “en nombre del Estado reconoció la responsabilidad de Colombia por la violación de los derechos del señor Nelson Carvajal y sus familiares”, “pid[ió] perdón” a los familiares ahí presentes y manifestó el “compromiso […] como Estado [de] continuar adelantando las acciones necesarias para lograr la sanción de los responsables”. En su discurso, además de hacer referencia a los hechos del caso, el “contexto de violencia, que, para la fecha de los hechos, se presentaba en Colombia […] contra los periodistas” y las violaciones declaradas en la Sentencia, el referido Consejero Presidencial también reconoció Cfr. Informes estatales de 30 de mayo y 18 de junio de 2019. Cfr. Escritos de observaciones de los representantes de las víctimas de 3 y 27 de junio de 2019. 19 El Estado indicó que asistieron los siguientes “catorce” familiares: “Jairo Carvajal Cabrera (papá), Ana Francisca Carvajal Parra (mamá), Paola Andrea Carvajal Bolaños (hija), María Alejandra Carvajal Bolaños (hija), Yaneth Cristina Carvajal Ardila (hija), Miriam Carvajal Carvajal (hermana), Gloria Mercedes Carvajal Carvajal (hermana), Ruth Dary Carvajal Carvajal (hermana), Saúl Carvajal Carvajal (hermano), Fernando Augusto Carvajal Carvajal (hermano), Cristhian Camilo Motta Carvajal (sobrino), César Augusto Meneses Carvajal (sobrino), Luz Eny Carvajal Carvajal (hermana) y Judith Carvajal Carvajal (hermana)”. Cfr. Informe estatal de 30 de mayo de 2019. No obstante lo anterior, los representantes de las víctimas indicaron con posterioridad que asistieron “dieciocho” familiares al referido acto, sin aportar los nombres de los mismos. Cfr. Escrito de observaciones de los representantes de las víctimas de 3 de junio de 2019. 17 18

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