acto fue presidido por el Presidente de la República de Guatemala, y contó con la participación de otras altas autoridades del Estado, tales como el Ministro de Relaciones Exteriores y el Director Ejecutivo de la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos en Guatemala (en adelante “COPADEH”), así como con la presencia de la víctima Rosa Elvira Franco Sandoval, madre de María Isabel Veliz Franco, y los señores Leonel Enrique Veliz Franco y José Roberto Franco, hermanos de María Isabel Veliz Franco, así como sus representantes. 4. En dicho acto el Presidente de la República de Guatemala ofreció disculpas públicas por los hechos y violaciones ocurridas a María Isabel Veliz Franco, y reconoció el trabajo y esfuerzo de su familia en la búsqueda de justicia. Asimismo, en el acto se proyectó “un video que honra la vida y memoria de María Isabel Veliz Franco”, la señora Rosa Elvira Franco Sandoval hizo referencia a los hechos y las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente caso, y el señor Leonel Enrique Veliz Franco hizo referencia a la búsqueda incansable de justicia de la señora Rosa Elvira Franco Sandoval. También, el Director Ejecutivo de la COPADEH dio lectura a una parte del Acuerdo Interno 143-2024 de la COPADEH de 22 de marzo de 2024 9 , mediante el cual se reconoce la responsabilidad del Estado por las afectaciones a los derechos violados en el presente caso y se “ofrece DISCULPAS PÚBLICAS en relación con los hechos ocurridos a la víctima María Isabel Veliz Franco y sus familiares”, en cumplimiento a lo dispuesto en el punto resolutivo noveno de la Sentencia (supra Considerando 2). El referido acuerdo fue firmado por el Presidente de la República de Guatemala y el Director Ejecutivo de la COPADEH. Además, se proyectó un video con un mensaje del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición. 5. La Corte lamenta que transcurrieron casi nueve años desde el vencimiento del plazo dispuesto en la Sentencia para que se implementara esta medida, que tiene una gran importancia simbólica a fin de contribuir a reparar el sufrimiento experimentado por las víctimas y a evitar que se repita este tipo de violaciones. Por ello, valora positivamente todos los esfuerzos realizados por el Estado de forma reciente para la concertación con las víctimas y la realización de la misma, respetando su voluntad en cuanto a las particularidades del acto. Conforme a lo expuesto en el párrafo precedente, la Corte constata que el acto cumplió con los requerimientos indicados en la Sentencia. 6. Por lo expuesto, la Corte considera que Guatemala dio cumplimiento total a la medida relativa a realizar un acto de disculpas públicas, ordenada en el punto resolutivo noveno y en los párrafos 257 y 258 de la Sentencia. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su Reglamento, https://www.youtube.com/watch?v=AE2qN1Z5vjA. El referido acto fue divulgado a través de las redes sociales Facebook, Instagram y X. Cfr. Informe de 16 de abril de 2024 elaborado por la COPADEH sobre el “[c]umplimiento de[l] punto resolutivo No. 9 de la Sentencia emitida el 19 de mayo de 2014 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro del Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala” dirigido a la Procuraduría General de la Nación (anexos al informe estatal de 29 de abril de 2024). 9 Cfr. Acuerdo Interno 143-2024 de la COPADEH de 22 de marzo de 2024 (anexos al informe estatal de 29 de abril de 2024). -3-

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