-6trayectoria intraorgánica que realiza un proyectil entero y las esquirlas o
fragmentos de un proyectil; el color de los proyectiles, esquirlas o fragmentos
encontrados en el cuerpo; las condiciones de las heridas que presentó el cuerpo
de Johan Alexis Ortiz Hernández y si, en su opinión médica, eran esencialmente
mortales; y las condiciones de vestimenta en que ingresó Johan Alexis Ortiz
Hernández a la Medicatura Forense.
2.
Requerir a la perito convocada a declarar en audiencia que, de considerarlo
conveniente, aporte una versión escrita de su peritaje a más tardar el 1 de febrero de
2017.
3.
Requerir al Estado de Venezuela que facilite la salida y entrada de su territorio de
los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la
presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte.
4.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad
con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del
Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante
fedatario público:
A. Presuntas víctimas (propuestas por las representantes)
1. Zaida Dariana Arellano Hernández, quien declarará sobre las repercusiones
familiares a nivel psicológico, social, educativo, laboral y económico que ha
significado en su vida y la de sus familiares la muerte de su hermano Johan
Alexis Ortiz Hernández; las actuaciones realizadas por su madre y padre en
búsqueda de la verdad; y las supuestas carencias económicas y mudanzas por
el supuesto temor a represalias estatales.
2. Jeckson Edgardo Ortiz González, quien declarará sobre las repercusiones
familiares a nivel psicológico, social, educativo, laboral y económico que ha
significado en su vida y la de sus familiares la muerte de su hermano Johan
Alexis Ortiz Hernández; las actuaciones realizadas por su padre y madre en
búsqueda de la verdad; y la afectación emocional padecida por la muerte de su
hermano.
B. Testigos (propuestos por las representantes)
1. José Luis Guerrero Sánchez, quien declarará sobre la forma cómo los
medios de comunicación reflejaron la búsqueda de justicia por parte de las
presuntas víctimas y sobre los artículos de periódico que habría publicado
acerca de las actuaciones realizadas por los padres de Johan Alexis Ortiz
Hernández ante la jurisdicción militar y ordinaria e instituciones de cualquier
otra índole, así como sobre el alegado atentado a la vivienda del señor Edgar
Humberto Ortiz Ruiz.
2. Wilmer Alberto Jaimes Flores, quien declarará sobre la forma cómo llevó a
cabo las investigaciones ante la jurisdicción ordinaria por la presunta comisión
de homicidio con dolo eventual en perjuicio de Johan Alexis Ortiz Hernández,
especialmente en relación con los interrogatorios de los testigos y peritos que
fueron entrevistados por él como investigador en la Fiscalía Séptima del Estado
de Táchira.