b. La violación de los derechos consagrados en los artículos artículos 4.1 y 19 de la
Convención Americana, en conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en
perjuicio de André Luiz Neri da Silva, Alex Vianna dos Santos, Alan Kardec Silva de
Oliveira, Macmiller Faria Neves, Nilton Ramos de Oliveira Junior y Welington Silva.
c. La violación de los derechos consagrados en los artículos 5.2 y 11 de la Convención
Americana, en conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento, y artículos 1, 6 y
8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura en perjuicio
de L.R.J.
d. La violación de los artículos 5.2, 11 y 19 de la Convención Americana, en conexión
con el artículo 1.1 del mismo instrumento, y artículos 1, 6 y 8 de la Convención
Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio de C.S.S. y J.F.C.
e. La violación de los artículos 5.1, 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, en
conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de las víctimas
identificadas en el párrafo 191 del Informe de Fondo3.
f. La violación de los artículos 5.1, 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, en
conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento y el artículo 7 de la Convención
de Belém do Pará, en perjuicio de L.R.J., C.S.S. y J.F.C.
ii)
Recomendaciones.– En consecuencia, la Comisión recomendó al Estado lo
siguiente:
a. Llevar a cabo una investigación exhaustiva, imparcial y efectiva de las violaciones
descritas en el Informe de Fondo, en un plazo de tiempo razonable, por parte de
autoridades judiciales independientes de la policía, con miras a determinar la
verdad y sancionar a los responsables. La investigación debe tomar en cuenta los
vínculos existentes entre las violaciones de derechos humanos descritas en el
Informe y el patrón de uso excesivo de la fuerza letal por parte de la policía.
También debe considerar las posibles omisiones, retrasos, negligencias y
obstrucciones en la justicia provocadas por agentes del Estado.
b. Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar una compensación adecuada
y completa tanto por los daños morales como por los daños materiales generados
por las violaciones descritas en el Informe, a favor de L.R.J., C.S.S., J.F.C. y las
víctimas señaladas en el párrafo 191 del informe.
c. Eliminar inmediatamente la práctica de registrar automáticamente las muertes
perpetradas por la policía como “resistencia al arresto”.
d. Erradicar la impunidad de la violencia policial en general, adaptando sus leyes
internas, regulaciones administrativas, procedimientos y planes operativos de las
instituciones con competencia en políticas de seguridad ciudadana, a fin de
garantizar que sean capaces de prevenir, investigar y sancionar cualquier violación
de derechos humanos resultante de los actos de violencia cometidos por agentes
del Estado.
3
Otacilio Costa, Beatriz Fonseca Costa; Bruna Fonseca Costa; Pedro Marciano dos Reis, Hilda Alves dos Reis;
Rosemary Alves dos Reis; Geraldo José da Silva Filho; Georgina Abrantes; Maria da Gloria Mendes; Paulo Cesar da
Silva Porto; Valdemar da Silveira Dutra; Geni Pereira Dutra; Waldomiro Genoveva, Ofélia Rosa, Rosane da Silva
Genoveva; el hijo de Cosme Rosa Genoveva; Daniel Paulino da Silva; Georgina Soares Pinto; Cesar Braga Castor, Vera
Lucia Ribeiro Castor; “Michele”; el hijo de Fabio Ribeiro Castor; José Rodrigues do Nascimento, Dalvaci Melo
Rodrigues, Mônica Rodrigues, Evelin Rodrigues, Pricila da Silva Rodrigues, Samuel da Silva Rodrigues, Lucas Abreu da
Silva, Cecília Cristina do Nascimento Rodrigues, Adriana Melo Rodrigues; Roseleide Rodrigues do Nascimento; Paulo
Roberto Felix; Nilton Ramos de Oliveira, Maria da Conceição Sampaio de Oliveira; Vinicius Ramos de Oliveira; Ronaldo
Inacio da Silva, Shirley de Almeida; Catia Regina Almeida da Silva; Vera Lucia Jacinto da Silva; Norival Pinto Donato;
Celia da Cruz Silva; Zeferino Marques de Oliveira, Aline da Silva; Efigenia Margarida Alves; Alcidez Ramos, Cirene dos
Santos, “Graça”, Thiago Ramos, Alberto Ramos, Maria das Graças Ramos da Silva, Rosiane dos Santos; Vera Lúcia dos
Santos de Miranda; Diogo Vieira dos Santos, Helena Vianna, Adriana Vianna dos Santos, Sandro Vianna dos Santos;
Alessandra Vianna dos Santos; João Batista de Souza; Josefa Maria de Souza; Lucia Helena Neri da Silva; Joyce Neri
da Silva Dantas; João Alves de Moura; Eva Maria dos Santos Moura; Nilcéia de Oliveira; Valdenice Fernandes Vieira,
Neuza Ribeiro Raymundo; Eliane Elene Fernandes Vieira; Edson Faria Neves, Edna Ribeiro Raimundo Neves; Mac
Laine Faria Neves; Francisco José de Souza, Martinha Martino de Souza, Luiz Henrique de Souza; Ronald Marcos de
Souza; José Francisco Sobrinho, Maria de Lourdes Genuino, Rogério Genuino dos Santos, Jucelena Rocha dos
Santos; Robson Genuino dos Santos Júnior; Sergio Rosa Mendes, y Sonia Maria Mendes.
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