a quien cometa homicidio doloso, pena que se impone "automáticamente" 15 .
Situaciones de esta naturaleza han sido habitualmente abordadas por la jurisdicción
contenciosa cuando la Corte IDH ha examinado violaciones bajo el parámetro de los
derechos a la protección judicial y a las garantías judiciales (Artículos 25 y 8), lo que
normalmente implica una evaluación del papel desempeñado por una determinada
disposición de derecho interno en el contexto de un proceso judicial 16 .
31.
Es por ello que, en aras de la economía de significado, la Corte IDH suele
mencionar, en ocasiones como las descritas anteriormente, que estaba examinando
las circunstancias en las que se produjo la "aplicación" de la norma al caso. Esto
nunca ha significado, sin embargo, que la existencia de una incidencia normativa
("aplicación") sea un requisito previo para el desarrollo de la competencia
contenciosa de la Corte IDH 17.
32.
Este razonamiento se perpetuó con la reproducción irreflexiva de la afirmación
proferida en el caso Genie Lacayo vs. Nicaragua. En esa sentencia, la Corte IDH
analizó hechos bien definidos: Jean Paul Genie Lacayo, de 16 años, se dirigía a su
casa cuando se encontró con un convoy de vehículos militares; al darles alcance,
recibió varios disparos con armas de fuego, fue abandonado en la carretera y
finalmente murió por shock de hipovolemia debido a la hemorragia provocada por los
proyectiles.
33.
Sin embargo, además de la falta de investigación y sanción de los
responsables por parte del aparato estatal (violación de los artículos 8, 24 y 25), la
presentación del caso ante la CIDH fue acompañada del argumento de que la
existencia de un sistema de justicia militar viola en sí misma la Convención; Esta
tesis, a su vez, sirvió de apoyo para solicitar a la Corte IDH que declarara la
inconvencionalidad de los Decretos 591 y 600 sobre justicia militar de Nicaragua,
basándose precisamente en el artículo 2 18 .
34.
El Estado se opuso a la petición de la Comisión: apreciar la validez de los
Decretos 591 y 600 sería incompatible con el objeto y fin de la Convención, que no
contempla la competencia contenciosa de la Corte IDH para emitir una verdadera
opinión consultiva, que en los términos del artículo 64.2 sería iniciativa exclusiva del
Gobierno 19.
15
Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 21 de junio de 2002. Serie C No. 94, párrafo 116.
16
Caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 26 de noviembre de 2010. Serie C No. 220, párr. 207.
17
Como se señaló en el voto concurrente en el caso Córdoba vs. Paraguay: "Al fin y al cabo, la
jurisprudencia sobre la violación del artículo 2 por la aplicación de leyes incompatibles con la Convención
Americana no autoriza razonamientos que, de manera aislacionista, reduzcan la "aplicación" a la
subsunción de una norma a un caso, en el curso de un proceso judicial. Dado que muchas de las sentencias
que integran esta clase jurisprudencial fueron dictadas al examinar violaciones a las garantías judiciales y
al debido proceso, es comprensible que la Corte, en muchas de ellas, no considerara necesario examinar
una violación al artículo 2 cuando la ley nacional aplicada ya no estaba vigente. Pero no se puede confundir
causa y efecto. El criterio realmente decisivo es la existencia de un daño causado por una conducta estatal
(acción u omisión) y la necesidad de una reparación adecuada y completa (ya sea poniendo fin a un exceso
o eliminando una protección insuficiente). Todo muy en línea con la postura tradicional de que las
reparaciones deben tener un nexo causal con los hechos del caso, las violaciones declaradas, los daños
acreditados, así como las medidas solicitadas para reparar los daños respectivos". Corte IDH. Caso
Córdoba vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de septiembre de 2023. Serie C No.
505. Voto de los Jueces Ricardo C. Pérez Manrique, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y Rodrigo
Mudrovitsch, párr. 14.
18
Corte IDH. Caso de Genie Lacayo vs. Nicaragua. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29
de enero de 1997. Serie C No. 30, párr. 51.
19
Corte IDH. Caso Genie Lacayo vs. Nicaragua. Excepciones Preliminares. Sentencia de 27 de enero
de 1995. Serie C No. 21, párr. 47.
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