propuestos por los representantes, así como los dictámenes periciales de tres peritos, uno propuesto por la Comisión y dos propuestos por los representantes. El Estado no ofreció declarantes ni peritos. Los representantes, el Estado y la Comisión tuvieron oportunidad de formular, según correspondía, preguntas a los declarantes y a los peritos, previamente a la rendición de las declaraciones y peritajes respectivos ante fedatario público, así como de presentar observaciones sobre los mismos. Sólo la Comisión remitió preguntas7. El 18 de abril de 2012 los representantes y la Comisión remitieron las declaraciones rendidas ante fedatario público. 12. Asimismo, el Presidente convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública para recibir sus alegatos finales y observaciones finales orales, respectivamente, sobre el fondo y eventuales reparaciones y costas, así como tres declaraciones y dos dictámenes periciales, todos propuestos por los representantes. Por último, el Presidente dispuso que la asistencia económica del Fondo de Asistencia Legal (supra párr. 8) estuviera asignada para cubrir los gastos de viaje y estadía necesarios para que las tres declarantes y una perito comparecieran ante el Tribunal y pudiesen rendir sus declaraciones y peritaje, respectivamente, en la referida audiencia pública. 13. La audiencia pública fue celebrada el 23 de abril de 2012 durante el 45º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, realizado en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador8. 14. El 23 de mayo de 2012 los representantes y el Estado remitieron sus alegatos finales escritos, mientras que la Comisión Interamericana presentó sus observaciones finales escritas en el presente caso. Se otorgó la oportunidad para que las partes y la Comisión hicieran las observaciones que estimaran pertinentes, según correspondiera, sobre los anexos a dichos escritos. Los representantes presentaron observaciones el 21 de junio de 2012, la Comisión indicó que no tenía observaciones y el Estado no presentó observaciones en el plazo otorgado a tal efecto. 15. El 13 de julio de 2012 se informó al Estado de El Salvador, siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte y de conformidad con el artículo 5 del Reglamento del Fondo de Asistencia Legal, las erogaciones realizadas en aplicación de dicho Fondo. El Estado presentó sus observaciones al respecto el 20 de julio de 2012. 16. La Corte recibió escritos en calidad de amicus curiae presentados por el señor Oscar Humberto Luna, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador 9, y por el señor Ezequiel Heffes10. 7 En aplicación de lo previsto en el artículo 50.5 del Reglamento de la Corte, y de conformidad con la Resolución del Presidente de 22 de marzo de 2012 (Considerandos 27 a 31 y Punto Resolutivo segundo), el 30 de marzo de 2012 la Comisión presentó un listado de preguntas para los peritos Luis Fondebrider, Silvana Turner y Mercedes C. Doretti. Por su parte, los representantes y el Estado indicaron que no tenían preguntas que formular. 8 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: las señoras Rosa María Ortiz, Comisionada, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, así como Silvia Serrano Guzmán, Isabel Madariaga y Karla I. Quintana Osuna, Abogadas Especialistas de la Secretaría Ejecutiva; b) por los representantes: los señores Wilfredo Medrano y Ovidio Mauricio González, de OTLA, así como las señoras Gisela De León y Marcela Martino, de CEJIL, y c) por el Estado: los señores Embajador Sebastián Vaquerano López, Agente alterno; David Ernesto Morales Cruz, Director General de Derechos Humanos de la Cancillería; David Amilcar Mena Rodríguez, Coordinador de la Unidad de Diálogo Social de la Secretaría Técnica de la Presidencia; Josué Samuel Hernández, Subdirector General de Estadísticas y Censos, y Gloria Evelyn Martínez Ramos, Técnica de la Dirección General de Derechos Humanos de la Cancillería. 9 Escrito de 20 de abril de 2012, presentado el 4 de mayo de 2012. 10 Escrito sin fecha, presentado el 7 de mayo de 2012. 8

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