- 35 102. El 5 de agosto de 2010 el representante presentó ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia otra solicitud de libertad provisional requiriendo que se le impusiera “un mandado de comparecencia restringida con impedimento de salida del país, de conformidad con […] el numeral sexto [del artículo 523]”. Al respectó, señaló que, al ya haberse emitido la resolución consultiva, “en el curso del procedimiento del proceso de extradición que se le sigue han variado sustancialmente las circunstancias que lo rodearon en su inicio, lo que permite concluir que si se encuentra en libertad no abusará de ella para huir o incumplir con las obligaciones que se le impongan”. Por lo anterior, manifestó que “es aplicable lo establecido en el numeral noveno del artículo 523º del Código Procesal Penal, en razón no solo al tiempo de [privación de la libertad], sino porque [reúne] las condiciones necesarias para que se le conceda esa clase de medida”, aunado a que dicha disposición establece “que el arrestado puede obtener su libertad provisional, si transcurriesen los plazos legales del tratado [de extradición]”136. 103. El 19 de octubre de 2010 la Sala declaró improcedente la solicitud de libertad provisional 137. Los cuatro jueces que votaron a favor de la improcedencia señalaron, entre otros argumentos, que no existe un plazo legal máximo a las detenciones en procesos de extradición138. Además indicaron que el proceso del señor Wong Ho Wing se ha dilatado en virtud de los recursos interpuestos por su representante a nivel nacional e interamericano139. El juez José Neyra Flores agregó que “no se ha desvanecido la probabilidad de que eluda la acción de la justicia, sino que por el contrario el peligro de fuga es mayor, por cuanto, la Sala Penal Permanente [ya] declaró […] procedente la solicitud de extradición […], más aún, si el trámite de lo ordenado en dicha resolución judicial se encuentra suspendido o pendiente de ejecución”, en cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana140. Por otra parte, los jueces disidentes señalaron que resultaba procedente conceder la libertad provisional al señor Wong Ho Wing en vista que a la fecha no existía peligro de fuga. Además, tomaron en cuenta el tiempo que la presunta víctima llevaba detenida141. 104. Tras la decisión del Tribunal Constitucional que ordenó al Poder Ejecutivo abstenerse de extraditar al señor Wong Ho Wing (supra párr. 83), el 5 de octubre de 2011 su representante solicitó a la Sala Penal Permanente la “libertad inmediata sin ningún tipo de restricciones” 142. El 10 de octubre de 2011 la Sala Penal declaró que dicha solicitud se debía “ha[cer] valer […] ante la instancia que corresponda”143. El 18 de octubre el representante presentó dicha solicitud ante el Séptimo Juzgado Penal del Callao144. 136 Solicitud de libertad provisional de 5 de agosto de 2010 (expediente de prueba, folio 227). 137 Cfr. Auto de 19 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folio 263). 138 Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folios 1608 a 1611); Voto de los señores José Luis Lecaros Cornejo y Jorge Calderón Castillo de 10 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, folio 1598), y Voto del señor Juez Santa María Morillo de 30 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, folio 1601). 139 Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folios 1608 a 1611); Voto de los señores José Luis Lecaros Cornejo y Jorge Calderón Castillo de 10 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, folio 1598), y Voto del señor Juez Santa María Morillo de 30 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, folio 1602). 140 Cfr. Voto del señor Juez Supremo doctor José Antonio Neyra Flores de 13 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folios 1608 a 1611). 141 Cfr. Voto de los señores San Martín Castro, Prado Saldarriaga y Príncipe Trujillo de 10 de septiembre de 2010 (expediente de prueba, folios 1593 y 1594). 142 Solicitud de 5 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 2724). 143 Auto de la Sala Penal Permanente de 10 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 304). 144 Cfr. Solicitud de 18 de octubre de 2011 (expediente de prueba, folio 306).

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