-35de los grupos armados irregulares se fueron ampliando, “provocando desplazamientos masivos, que configuraron un caos a nivel social en esta región” 126. Además, las “lealtades” emergieron como la condición necesaria para la permanencia de los habitantes en la zona, sin espacio para la neutralidad127. 93. Con respecto a lo anterior, la Defensoría del Pueblo indicó que “las comunidades del bajo Atrato, desde 1996, han sido objeto de la continua presión de las FARC y de las AUC [Autodefensas Unidas de Colombia]. Para estos actores armados, al parecer, los procesos organizativos de las comunidades, antes y después del desplazamiento forzado, afectan su capacidad de dominio sobre la población”. La misma Defensoría del Pueblo agregó que la “pretensión de autonomía frente a los actores armados que declaran estas comunidades limitan las posibilidades de instrumentalización de las mismas por parte de la guerrilla y las autodefensas”128 y que, de igual manera, “ven en ella una amenaza para su proyecto de control territorial y para el establecimiento de modelos de explotación del territorio, congruentes con sus necesidades de financiamiento”129. Ante esta situación, la presencia de los actores armados ilegales, sumados “a la ausencia histórica del Estado en ciertas partes de la región”, permitió que el grupo armado dominante pretendiera imponer a su antojo líneas de conducta en la población130. 94. Conforme a lo expuesto, la población afrocolombiana de la región tuvo que soportar en su territorio la presencia de diversos grupos armados al margen de la ley, acompañada de amenazas, asesinatos y desapariciones, que originaron su desplazamiento131. Asimismo, según surge del acervo probatorio, durante la segunda mitad de los años 1990, la región fue el escenario de desplazamientos forzados a gran escala. De acuerdo con lo informado por la Defensoría del Pueblo, en 1997, más de quince mil personas fueron desplazadas de la región del 126 Cfr. Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque Elmer Cárdenas, Génesis (expediente de prueba, folio 44476). Sobre el desplazamiento véase también “Informe Operación Génesis” citado en Declaración rendida ante fedatario público (affidavit) el 31 de enero de 2013 por María Paulina Leguizamón Zarate, perito propuesto por el Estado (expediente de prueba, folios 15414 y 15415). Asimismo, Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba ,folio 14804). 127 Cfr. Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque Elmer Cárdenas, Génesis (expediente de prueba, folio 44476). Véase asimismo, “Informe Operación Génesis” citado en Declaración rendida ante fedatario público (affidavit) el 31 de enero de 2013, por María Paulina Leguizamón Zarate, perito propuesto por el Estado (expediente de prueba, folios 15414 y 15415). Asimismo, Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14804). 128 Cfr. Defensoría del Pueblo. Resolución Defensorial No. 025 Sobre las Violaciones Masivas de Derechos Humanos y Desplazamiento Forzado en la Región del Bajo Atrato Chocoano, octubre de 2002 (expediente de prueba, folio 230). 129 Defensoría del Pueblo. Resolución Defensorial No. 025 Sobre las Violaciones Masivas de Derechos Humanos y Desplazamiento Forzado en la Región del Bajo Atrato Chocoano, octubre de 2002 (expediente de prueba, folio 230). Véase asimismo, Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14808). 130 Cfr. Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque Elmer Cárdenas, Génesis (expediente de prueba, folio 44478). El documento señala que por ejemplo, los grupos armados obligaban a las poblaciones del lugar a cumplir con horarios o pago de vacunas. 131 Cfr. Documento CONPES No. 3180, 15 de julio de 2002, (expediente de prueba, folio 45947) y Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque Elmer Cárdenas, Génesis (expediente de prueba, folio 44478). Véase también: Declaración de Jesús Alfonso Flórez López, perito propuesto por los representantes de las presuntas víctimas, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la audiencia Pública de 12 de febrero de 2013. De manera más general: Documento CONPES No. 2924, 28 de mayo de 1997,(expediente de prueba, folio 45564): “la confrontación armada y la acción de los grupos armados ilegales han generado en los últimos años un creciente y alarmante desplazamiento individual y masivo de la población”. Asimismo, Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14808).

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