-71180. Con respecto a los demás procesados en esta causa, la Corte constata que el 26 de
octubre de 2012 se modificó la situación jurídica de Luis Muentes Mendoza y Fredy Rendón
Herrera por la de posibles coautores de homicidio agravado, desplazamiento forzado y concierto
para delinquir, en concurso, manteniéndoles vigente la detención preventiva375. El 28 de
septiembre de 2012 se resolvió la situación jurídica de William Manuel Soto Salcedo,
sindicándolo como posible coautor de los delitos de desplazamiento forzado, concierto para
delinquir y homicidio agravado, en concurso. Asimismo, se dispuso medida de aseguramiento
en su contra376.
I.1.3 Otros procedimientos ante la justicia ordinaria
181. Como respuesta a la solicitud hecha por el Presidente de la Corte al Estado de remitir
“[…] información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones
relacionados en los antecedentes y los hechos posteriores al desplazamiento” (supra párr. 13),
se recibió prueba sobre el Radicado No. 1042 377. Dicho proceso, seguido contra Luis Muentes
Mendoza por el delito de homicidio, desplazamiento forzado, concierto para delinquir y
amenazas, se inició el 4 de junio de 2001 y se tramita ante la Fiscalía 14 Especializada UNDHDIH. La Corte hace notar que no le ha sido aportada mayor información acerca del curso del
Radicado No. 1042. Sólo se tiene noticia sobre diversas diligencias procesales a las que se ha
referido el Estado en la prueba para mejor resolver entregada, sin aportar respaldo documental
que acredite dichos actos378.
I.2. Investigaciones en el marco del procedimiento especial de Justicia y Paz
182. De acuerdo a la información que fuera presentada, en el marco de la Ley 975 de 2005 o
Ley de Justicia y Paz, diez desmovilizados de las autodefensas manifestaron haber participado
en los hechos del presente caso, ya sea en versiones libres conjuntas379 o de manera
el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los
hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15490).
374
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15490).
375
Cfr. Decisión del Fiscal 14 Especializado UNDH-DIH. 26 de octubre de 2012 (expediente de prueba, folios
18153, 18157, 18168 y 17848).
376
17833).
Cfr. Decisión del Fiscal 14 Especializado UNDH-DIH. 28 de septiembre de 2012 (expediente de prueba, folio
377
La Corte observa que las partes se han referido a este proceso con diferentes números de radicacióN° Así, a lo
largo del expediente se lo menciona como Proceso 1410 (Cfr. Comisión IDH, INFORME N° 86/06, párrafo 30; folio 6962;
7057) y también como Radicado No. 1042 (expediente de prueba, folios 1392, 4796, 5021, y 5324). La investigación se
inició por la denuncia realizada por la Oficina de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la Nación, que
remitió documentación en la que la Defensoría del Pueblo, la ONG Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz, entre
otras, dan cuenta de la presunta presencia de retenes por parte de miembros de las AUC en los sitios conocidos como
Tumaradó -jurisdicción del Municipio de Riosucio, Chocó-, sobre el Río Atrato y en Sutatá, estación del Parque Nacional
de los Katios, y la explotación ilegal sobre los recursos maderables de en la cuenca del Río Cacarica. Asimismo, se
investiga el desplazamiento forzado ocurrido en el mes de febrero de 1997 por parte de las comunidades ubicadas en
las cuencas de los ríos Cacarica, Salaquí y Truandó -Municipio de Riosucio- ocasionada por la presencia y las amenazas
proferidas por parte de grupos armados ilegales. Población desplazada que se refugió en el casco urbano de los
Municipios de Turbo, Ríosucio, Bahía Cupica, entre otros. Cfr. Informe presentado por el Estado con información
completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero
de 2013 (expediente de prueba, folio 15492).
378
Cfr. Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las
investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folios 15492 a
15500).
379
En el marco de las Versiones Libres Conjuntas de los miembros de Bloque Élmer Cárdenas de las AUC, se
encuentran las declaraciones de: Fredy Rendón Herrera (expediente de prueba, folios 19156 a 19161, 19174, 19186,
19192 a 19197, 19198 a 19199, 19201, 19203 a 19204, 19205, 19206 a 19207, 19208, 19212, 19213, 19214 a
19215, 19216, 19217, 19218, 19219, 19220, 19221, 19222 a 19223, 19224, 19225, 19226, 19227); Julio César Arce
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