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214.
Sobre estos hechos, el señor Lillo concluyó en su informe que:
no está en el ánimo de este visitador emitir juicios de valor respecto de la inclinación sexual de la
Magistrad[a] Atala, sin embargo no se puede soslayar el hecho de que su peculiar relación
afectiva ha trascendido el ámbito privado al aparecer las publicaciones señaladas
precedentemente, lo que claramente daña la imagen tanto de la Sra. Atala como del Poder
Judicial. Todo lo anterior reviste una gravedad que merece ser observada por el Ilmo. Tribunal243.
215. El 2 de abril de 2003 la Corte de Apelaciones de Temuco aprobó la visita realizada
por el señor Lillo y formuló cargos en contra de la señora Atala respecto a los tres presuntos
hechos irregulares señalados en el informe 244. Posteriormente, el 9 de mayo de 2003 la
Corte de Apelaciones profirió “un severo llamado de atención por la utilización de elementos
y personal para cumplir diligencias decretadas por el Juez de Letras de Menores […] en una
causa en la cual ella e[ra] una de las partes de la controversia”245.
B. El derecho a la igualdad y la prohibición de la discriminación
Alegatos de las partes
216. Los representantes alegaron que la señora Atala “llevaba una relación estable de
pareja que no se diferenciaba de otras relaciones de pareja, salvo por el hecho que su
pareja era de su mismo sexo”, por lo que “la orden de investigar y de constituirse una visita
al tribunal en que servía la jueza Atala, se basaba exclusivamente en un rechazo
discriminatorio a su orientación sexual”.
217. El Estado argumentó que “el informe del ministro Lillo al pleno de la Corte de
Apelaciones de Temuco, contiene una serie de antecedentes graves que ameritaron el
„severo llamado de atención‟” y que dicho llamado de atención a la señora Atala “no dice
relación con su homosexualidad, sino que corresponde a denuncias y hechos constatados
por el Ministro Lillo, completamente ajenos a ésta”.
Consideraciones de la Corte
218. El Tribunal nota que la Corte de Apelaciones de Temuco recibió el 17 de marzo de
2003 una denuncia contra la señora Atala por el uso de implementos y personal del Juzgado
para asuntos de interés personal (supra párr. 210). Sin embargo, la Corte observa que, de
acuerdo con lo plasmado en el informe del ministro visitador, se expresaron otras
consideraciones para llevar a cabo la visita al sitio de trabajo de la señora Atala. Ellas
estaban expresamente referidas a su orientación sexual, pues se relacionaban con “las
publicaciones aparecidas en el diario „La Cuarta‟ de fecha 28 de febrero de [2003] y en „Las
Últimas Noticias‟ de fecha 1 de marzo [de 2003], en las cuales se d[ió] a conocer a la
opinión pública el contenido de una demanda de tuición entablada por el [señor López] en
contra de su esposa […] porque esta última sostendría una relación lésbica con otra
243
Informe preparado por el Ministro Lenin Lillo de la Corte de Apelaciones de Temuco de 2 de abril de 2003
(expediente de fondo, tomo XII, folio 5934).
244
La Corte de Apelaciones de Temuco señaló que “se aprueba la visita practicada por el Ministro Lenin Lillo
[…] y se formulan como cargos en contra de la señora Karen Atala Riffo, los tres capítulos del informe evacuados
por el visitador”. Resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco de 2 de abril de 2003 (expediente de fondo,
tomo XII, folio 5935).
245
Resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco de 9 de mayo de 2003 (expediente de fondo, tomo XII,
folio 5937).