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Y DISPONE
por unanimidad, que:
1.
Esta Sentencia constituye per se una forma de reparación.
2.
El Estado debe brindar, la atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de
forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud
especializadas a las víctimas que así lo soliciten, de conformidad con lo establecido en los
párrafos 254 y 255 de la presente Sentencia.
3.
El Estado debe realizar las publicaciones indicadas en el párrafo 259 de la presente
Sentencia, en el plazo de seis meses contado a partir de la notificación de la misma.
4.
El Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad
internacional por los hechos del presente caso, de conformidad con lo establecido en los
párrafos 263 y 264 de la presente Sentencia.
5.
El Estado debe continuar implementando, en un plazo razonable, programas y cursos
permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y
nacional y particularmente a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la
rama judicial, de conformidad con lo establecido en los párrafos 271 y 272 de la presente
Sentencia.
6.
El Estado debe pagar las cantidades fijadas en los párrafos 294 y 299 de la presente
Sentencia, por concepto de indemnización por daño material e inmaterial y por el reintegro
de costas y gastos, según corresponda, en los términos del párrafo 306 de la misma.
7.
El Estado debe, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de esta
Sentencia, rendir al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la
misma.
8.
La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia, en ejercicio de sus
atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado
cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
El Juez Alberto Pérez Pérez hizo conocer a la Corte su Voto Parcialmente Disidente, el cual
acompaña esta Sentencia.
Redactada en español e inglés, haciendo fe el texto en español, en San José, Costa Rica, el
24 de febrero de 2012.