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gratuita de medicinas, la información aportada por el Estado no da cuenta del
cumplimiento específico de este punto. Por estos motivos, y a efectos de evaluar la
implementación de esta medida de reparación ordenada por el Tribunal, esta medida
continuará siendo objeto de supervisión por parte de la Corte. Al respecto, es
necesario que en su próximo informe el Estado se refiera a las acciones concretas que
se lleven a cabo para que el señor García Asto pueda acceder efectivamente a la
atención médica y psicológica gratuita, así como a la provisión gratuita de medicinas.
B. Sobre la obligación de proporcionar a los señores Wilson García Asto
y Urcesino Ramírez Rojas la posibilidad de capacitarse y actualizarse
profesionalmente, mediante el otorgamiento de becas (punto resolutivo
decimosegundo de la Sentencia)
Alegatos de las partes y de la Comisión
12.
El Estado señaló que el 6 de enero de 2012 había requerido al Ministerio de
Educación información “sobre todas las medidas adoptadas o en gestión, a fin de
cumplir con las reparaciones ordenadas, estando pendiente la respuesta” del
Ministerio. En su último informe, el Estado manifestó que “viene gestionando en el
Sector Educación la atención a los pedidos concretos del [señor] Wilson García Asto[,
por lo que s]e informar[ía] a la Corte una vez que se cuente con documentación
relacionada a este extremo”. Respecto del señor Ramírez Rojas, el Estado no brindó
información.
13.
Las representantes señalaron con relación al señor García Asto que, si bien ya
ha casi culminado sus estudios profesionales en Ingeniería de Sistemas, “para que le
otorguen el título profesional de Ingeniero de Sistemas debe presentar un certificado o
constancia de haber aprobado un idioma extranjero en el ciclo básico expedido por el
Centro de Idiomas de la Universidad del Callao - CIUNAC”, pero dicho centro se negó a
aceptar el pedido de exoneración realizado por el señor García Asto. Además,
agregaron que “en los últimos cuatro años, el Estado no realizó ninguna gestión para el
otorgamiento de la beca a favor del señor Wilson García Asto que le permitiera
culminar sus estudios de Ingeniería de Sistemas y obtener el título de Ingeniero de
Sistemas”. Por otra parte, las representantes informaron que agentes de la Oficina de
Becas y Crédito Educativo (OBEC) se comunicaron con el señor García Asto a fin de dar
solución a “su requerimiento en el sector educación”. Al respecto, la víctima les
manifestó su interés en tomar un curso de maestría en tecnología de la información y
llevar el curso de idioma extranjero que necesita. En respuesta se le informó que
trasladarían su pedido a las autoridades competentes y volverían a comunicarse con él
a la mayor brevedad, lo que según informaron las representantes aún no había
ocurrido a la fecha del último informe.
14.
En su último informe, las representantes indicaron que el 24 de enero de 2013
el señor García Asto remitió copia de su certificado de diploma de Bachiller al Programa
Becas 18 y Projoven, a fin de que se le consignara una lista de becas para poder
acceder al curso de inglés necesario para obtener su título profesional pero, conforme
lo informado, aún no le fue enviada dicha información. Las representantes concluyeron
que “el Estado no ha cumplido con otorgar la beca al señor García Asto para su
actualización y capacitación posterior a su formación de pregrado”. Respecto del señor
Urcesino Ramírez Rojas, las representantes informaron que no ha recibido respuesta
del Estado a sus solicitudes por medio del Ministerio de Educación y que el informe
estatal no incluye información sobre este extremo.