6
4.
Notificación al Estado y a los representantes. – El sometimiento del caso por parte de la
Comisión fue notificado por la Corte a los representantes de las presuntas víctimas 2 el 24 de febrero
de 2012 y al Estado el 27 de febrero de 2012.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 24 de abril de 2012 los representantes de
las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”) presentaron ante la Corte su escrito de
solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”). Los
representantes coincidieron sustancialmente con los alegatos de la Comisión y solicitaron a la Corte
que declarara la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los mismos artículos
alegados por la Comisión y, adicionalmente, la “[v]iolación del [d]erecho a la verdad de las
[presuntas] víctimas, protegido conjuntamente por los artículos 8, 13 y 25 de la [Convención], en
relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento”. Asimismo, las presuntas víctimas solicitaron, a
través de sus representantes, acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte
Interamericana (en adelante el “Fondo de Asistencia de la Corte” o el “Fondo”). Finalmente,
solicitaron a la Corte que ordenara al Estado la adopción de diversas medidas de reparación y el
reintegro de determinadas costas y gastos.
6.
Escrito de contestación. – El 17 de agosto de 2012 el Estado presentó ante la Corte su
escrito de interposición de excepciones preliminares, contestación al escrito de sometimiento del
caso y de observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de
contestación”). En dicho escrito presentó seis excepciones preliminares y se refirió en el párrafo 231
al reconocimiento de responsabilidad “por exceso del plazo en la tramitación del proceso penal”.
Asimismo, el Estado ofreció como medio probatorio, inter alia, la “reconstrucción de los hechos”. El
Estado designó inicialmente como Agente Titular al señor Pedro Cateriano Bellido y, como Agentes
Alternos, a los señores Joaquín Manuel Missiego del Solar, Alberto Villanueva Eslava y Oscar José
Cubas Barrueto. El 6 de agosto de 2012 se acreditó al Procurador Público Especializado
Supranacional, Oscar José Cubas Barrueto, como Agente Titular. Posteriormente, el 6 de diciembre
de 2012 el Estado designó como Agente Titular al Procurador Público Especializado Supranacional,
señor Luis Alberto Huerta Guerrero. El 18 de febrero de 2014 se dio por terminada la acreditación
del señor Alberto Villanueva Eslava como Agente Alterno.
7.
Acogimiento al Fondo de Asistencia Legal. – Mediante Resolución de la Presidencia de 28 de
agosto de 2012, se declaró procedente la solicitud interpuesta por las presuntas víctimas, a través
de sus representantes, para acogerse al Fondo de Asistencia de la Corte, y se aprobó el
otorgamiento de la asistencia económica necesaria para la presentación de un máximo de cuatro
declaraciones, fuera por affidávit o en audiencia pública3.
8.
Observaciones a las excepciones preliminares y al párrafo 231 del escrito de contestación. –
Los días 6 y 9 de diciembre de 2012 los representantes y la Comisión presentaron,
respectivamente, sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado, así
como a lo indicado en el párrafo 231 del escrito de contestación en cuanto a que “reconoció
responsabilidad por exceso del plazo en la tramitación del proceso penal”. Los representantes,
además, remitieron información actualizada sobre el estado del proceso penal adelantado en el
presente caso y solicitaron al Tribunal “excluir prueba presentada por el Estado que no guarda[ría]
relación con el caso”.
9.
Diligencia de “reconstrucción de los hechos”. – Se solicitó al Estado que especificara la
modalidad y el lugar de realización de la diligencia de “reconstrucción de los hechos” propuesta
2
Los representantes de las presuntas víctimas de este caso son la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) y
el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).
3
Cfr. Caso Cruz Sánchez y otros Vs. Perú. Resolución del Presidente en ejercicio de la Corte Interamericana de 28 de
agosto de 2012. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/cruz_fv_28.pdf