74 235. Finalmente, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró no haber nulidad en la sentencia emitida por la Tercera Sala Penal Especial Liquidadora de Lima 293. 236. El 10 de enero de 2014 el Fiscal Supremo Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal acordó que se “remit[ieran] copias suficientes al Fiscal Provincial que corresponda a fin [de] que se investigue[n] los hechos”294 concernientes a la muerte de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, de conformidad con lo indicado en el punto resolutivo quinto de la sentencia de 15 de octubre de 2012 (supra párr. 227). J. Proceso penal contra Alberto Fujimori Fujimori y Manuel Tullume Gonzáles 237. El 4 de agosto de 2003 la Fiscalía de la Nación, en atención a la prerrogativa del antejuicio que poseía el ex Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori, presentó denuncia ante el Congreso de la República contra éste por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en agravio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, a fin de que se aprobara su acusación constitucional y se permitiera su procesamiento. En dicha denuncia, se sostuvieron dos hipótesis respecto a la supuesta ejecución de los emerretistas: por un lado, que habría sido un hecho previamente dispuesto desde el diseño mismo del operativo y, por el otro, que habría sido el resultado de una decisión inmediatamente posterior a la captura, tomada por el Presidente Alberto Fujimori Fujimori 295. 238. El 12 de junio de 2007 la Fiscalía Provincial Penal Especializada en delitos contra los Derechos Humanos formalizó denuncia penal contra Alberto Fujimori Fujimori como presunto coautor de la comisión del delito de homicidio calificado en agravio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, y contra Manuel Tullume Gonzáles como presunto cómplice secundario de la comisión del delito de homicidio calificado en agravio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez 296. 239. El 16 de julio de 2007 el Tercer Juzgado Penal Especial abrió la instrucción contra Fujimori Fujimori y declaró no ha lugar a la apertura de la instrucción en contra de Tullume Gonzáles297. El 1 de agosto de 2007 la Fiscalía apeló la decisión de no apertura de la instrucción contra Manuel Tullume Gonzáles y la orden de mandato de comparecencia restringida respecto de Alberto Fujimori Fujimori 298. 240. El 29 de octubre de 2007 se solicitó a la República de Chile la ampliación de la extradición del ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori y la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de 293 Cfr. Decisión emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Recurso de Nulidad No. 3521-2012 el 24 de julio de 2013 (expediente de prueba, tomo XXI, prueba para mejor resolver, folio 14723). 294 Dictamen No. 018-2014 elaborado por la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal de 10 de enero de 2014 (expediente de prueba, tomo XXXI, anexo 5 a los alegatos finales escritos del Estado, folios 21068 a 21069). 295 Cfr. Dictamen emitido por la Fiscalía de la Nación el 4 de agosto de 2003 (expediente de prueba, tomo XXVII, pruebas de la CVR, folios 19801 a 19808), y Comisión de la Verdad y Reconciliación, Informe Final, 2003, Tomo VII, capítulo 2.66, Las ejecuciones extrajudiciales en la residencia del embajador de Japón (1997), págs. 728, 729 y 734 (expediente de prueba, tomo I, anexo I al sometimiento del caso, folios 14, 15 y 20). 296 Cfr. Denuncia penal presentada por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Contra los Derechos Humanos el 12 de junio de 2007 (expediente de prueba, tomo II, anexo 38 al sometimiento del caso, folios 977 a 993). 297 Cfr. Notificación Judicial de la Resolución emitida por el Tercer Juzgado Penal Especial el 16 de julio de 2007 (expediente de prueba, tomo II, anexo 39 al sometimiento del caso, folios 995 a 1006). Véase también, Informe No. 0012008-JSA-FPECDDHH del Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Delitos contra los Derechos Humanos (expediente de prueba, tomo II, anexo 37 al sometimiento del caso, folios 974 a 975). 298 Cfr. Informe No. 001-2008-JSA-FPECDDHH del Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Delitos contra los Derechos Humanos (expediente de prueba, tomo II, anexo 37 al sometimiento del caso, folios 974 a 975).

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