115. Con el fin de ejecutar los compromisos adoptados, el Instituto Nacional Agrario
procedió a efectuar un avalúo de las mejoras introducidas por los ocupantes en el año
2001, resultando un monto de 13,168,982.84 lempiras 107. El 21 de febrero de 2002 la
OFRANEH remitió una carta al Director del INA para solicitar “una copia del Avalúo de
las mejoras de Río Miel”, esto con el objeto de activar los “mecanismos necesarios para
lograr la aprobación de la partida presupuestaria del respectivo saneamiento en
mención”108. En virtud de ello, miembros de la Comunidad de Punta Piedra llevaron a
cabo una marcha a Tegucigalpa el 16 de abril de 2002 para solicitarle al Congreso
Nacional y a otras autoridades del Poder Ejecutivo la resolución del caso 109. Como
consecuencia de ello, el 18 de abril de 2002 un grupo de diputados presentó una
Moción al Congreso Nacional para la aprobación de la partida en el “Presupuesto
General de Ingresos y Egresos de la República 2002” para que el INA procediera al
saneamiento de las tierras reivindicadas por la Comunidad de Punta Piedra 110.
116. El 24 de agosto de 2002 y el 5 de septiembre de 2003 el representante del
Patronato de la Comunidad de Punta Piedra solicitó al INA la reactivación de las
negociaciones para el saneamiento y la intervención de esta institución debido a que la
llegada de los foráneos se incrementaba111, así como la tala y venta de tierras
garífunas a terceros, por parte de los campesinos112.
117. El 29 de agosto de 2002 el Presidente de la Comisión de Presupuesto del
Congreso Nacional envió al INA el Proyecto de Decreto “Desarrollo del Pueblo Garífuna”
con el fin de que emitiera su opinión al respecto 113, quien mediante comunicado de
fecha 4 de septiembre y 2 de octubre de 2002 manifestó estar de acuerdo con la
pagando las mejoras a los habitantes de Río Miel para que la [C]omunidad [G]arífuna pueda hacer uso del
derecho pleno de propiedad que le da la documentación ancestral y la otorgada por el Instituto Nacional
Agrario[;] c) El Estado a través del Instituto Nacional Agrario debe de buscar de la manera más diligente un
predio donde se puedan reubicar las familias indemnizadas, además, a través de las Instituciones
competentes se deben de realizar todas las acciones para apoyar el derecho de vivienda, de salud, de
educación, de agua y otros beneficios que garanticen las condiciones apropiadas a la población reubicada y
que de una vez por todas la [C]omunidad de Punta Piedra pueda ejercer el dominio en las tierras
reivindicadas [, y] d) Para el seguimiento a los acuerdos de esta Acta esta Comisión queda autorizada para
formular el pliego de peticiones y hacer un calendario de trabajo que contenga las gestiones y las actividades
de campo que garanticen la solución del conflicto, así como generar los mecanismos para la realización de
las gestiones pertinentes”. Cfr. Acta de compromiso de 13 de diciembre de 2001, supra (expediente de
prueba, folio 32).
107
Cfr. Moción suscrita por Diputados ante el Congreso Nacional, supra (expediente de prueba, folio 7);
Oficio No.DE-274 elaborado por el INA de 2 de octubre de 2002 (expediente de prueba, folio 52), y Cuadros
de avalúo de mejoras y de gastos operativos para el saneamiento de la Aldea de Río Miel s/f (expediente de
prueba, folios 734 a 737). Equivalente a USD $605,241.97 aproximadamente, conforme al cambio
actualizado a noviembre de 2015.
108
Cfr. Carta enviada por la OFRANEH al Ministro Director del INA de 21 de febrero de 2002 (expediente
de prueba, folio 42).
109
Cfr. Carta enviada por la OFRANEH al Congreso Nacional de fecha 1 de octubre de 2002 (expediente
de prueba, folio 56). De igual manera, el miembro de la Comunidad de Punta Piedra, Edito Suazo Ávila,
declaró durante la audiencia ante la Comisión de la realización de dicha marcha de protesta pacífica. Cfr.
CIDH, Audiencia Pública de fecha 7 de marzo de 2006 sobre “Petición 1119/03-Comunidad Garífuna de Punta
Piedra, Honduras”, 124° periodo ordinario de sesiones de la CIDH (expediente de fondo, folio 21).
110
Cfr. Moción suscrita por Diputados ante el Congreso Nacional, supra (expediente de prueba, folios 5 a
7).
111
Cfr. Carta enviada por el Patronato Pro-Mejoramiento de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra al
Ministro Director del INA de 24 de agosto de 2002 (expediente de prueba, folio 54).
112
Cfr. Carta enviada por el Patronato Pro-Mejoramiento de la Comunidad al Ministro Director del INA el
5 de septiembre de 2003 (expediente de prueba, folio 61).
113
Cfr. Carta enviada por el Presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso Nacional al INA el 29
de agosto de 2002 (expediente de prueba, folio 44).
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