115. Con el fin de ejecutar los compromisos adoptados, el Instituto Nacional Agrario procedió a efectuar un avalúo de las mejoras introducidas por los ocupantes en el año 2001, resultando un monto de 13,168,982.84 lempiras 107. El 21 de febrero de 2002 la OFRANEH remitió una carta al Director del INA para solicitar “una copia del Avalúo de las mejoras de Río Miel”, esto con el objeto de activar los “mecanismos necesarios para lograr la aprobación de la partida presupuestaria del respectivo saneamiento en mención”108. En virtud de ello, miembros de la Comunidad de Punta Piedra llevaron a cabo una marcha a Tegucigalpa el 16 de abril de 2002 para solicitarle al Congreso Nacional y a otras autoridades del Poder Ejecutivo la resolución del caso 109. Como consecuencia de ello, el 18 de abril de 2002 un grupo de diputados presentó una Moción al Congreso Nacional para la aprobación de la partida en el “Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2002” para que el INA procediera al saneamiento de las tierras reivindicadas por la Comunidad de Punta Piedra 110. 116. El 24 de agosto de 2002 y el 5 de septiembre de 2003 el representante del Patronato de la Comunidad de Punta Piedra solicitó al INA la reactivación de las negociaciones para el saneamiento y la intervención de esta institución debido a que la llegada de los foráneos se incrementaba111, así como la tala y venta de tierras garífunas a terceros, por parte de los campesinos112. 117. El 29 de agosto de 2002 el Presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso Nacional envió al INA el Proyecto de Decreto “Desarrollo del Pueblo Garífuna” con el fin de que emitiera su opinión al respecto 113, quien mediante comunicado de fecha 4 de septiembre y 2 de octubre de 2002 manifestó estar de acuerdo con la pagando las mejoras a los habitantes de Río Miel para que la [C]omunidad [G]arífuna pueda hacer uso del derecho pleno de propiedad que le da la documentación ancestral y la otorgada por el Instituto Nacional Agrario[;] c) El Estado a través del Instituto Nacional Agrario debe de buscar de la manera más diligente un predio donde se puedan reubicar las familias indemnizadas, además, a través de las Instituciones competentes se deben de realizar todas las acciones para apoyar el derecho de vivienda, de salud, de educación, de agua y otros beneficios que garanticen las condiciones apropiadas a la población reubicada y que de una vez por todas la [C]omunidad de Punta Piedra pueda ejercer el dominio en las tierras reivindicadas [, y] d) Para el seguimiento a los acuerdos de esta Acta esta Comisión queda autorizada para formular el pliego de peticiones y hacer un calendario de trabajo que contenga las gestiones y las actividades de campo que garanticen la solución del conflicto, así como generar los mecanismos para la realización de las gestiones pertinentes”. Cfr. Acta de compromiso de 13 de diciembre de 2001, supra (expediente de prueba, folio 32). 107 Cfr. Moción suscrita por Diputados ante el Congreso Nacional, supra (expediente de prueba, folio 7); Oficio No.DE-274 elaborado por el INA de 2 de octubre de 2002 (expediente de prueba, folio 52), y Cuadros de avalúo de mejoras y de gastos operativos para el saneamiento de la Aldea de Río Miel s/f (expediente de prueba, folios 734 a 737). Equivalente a USD $605,241.97 aproximadamente, conforme al cambio actualizado a noviembre de 2015. 108 Cfr. Carta enviada por la OFRANEH al Ministro Director del INA de 21 de febrero de 2002 (expediente de prueba, folio 42). 109 Cfr. Carta enviada por la OFRANEH al Congreso Nacional de fecha 1 de octubre de 2002 (expediente de prueba, folio 56). De igual manera, el miembro de la Comunidad de Punta Piedra, Edito Suazo Ávila, declaró durante la audiencia ante la Comisión de la realización de dicha marcha de protesta pacífica. Cfr. CIDH, Audiencia Pública de fecha 7 de marzo de 2006 sobre “Petición 1119/03-Comunidad Garífuna de Punta Piedra, Honduras”, 124° periodo ordinario de sesiones de la CIDH (expediente de fondo, folio 21). 110 Cfr. Moción suscrita por Diputados ante el Congreso Nacional, supra (expediente de prueba, folios 5 a 7). 111 Cfr. Carta enviada por el Patronato Pro-Mejoramiento de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra al Ministro Director del INA de 24 de agosto de 2002 (expediente de prueba, folio 54). 112 Cfr. Carta enviada por el Patronato Pro-Mejoramiento de la Comunidad al Ministro Director del INA el 5 de septiembre de 2003 (expediente de prueba, folio 61). 113 Cfr. Carta enviada por el Presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso Nacional al INA el 29 de agosto de 2002 (expediente de prueba, folio 44). 37

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