9 c) brindar gratuitamente, de forma inmediata y por el tiempo que sea necesario, tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a las señoras y señores Blanca Fernández, Selsa Damaris Watt Kawas, Jaime Alejandro Watt Kawas, Jacobo Roberto Kawas Fernández, Jorge Jesús Kawas Fernández y Carmen Marilena Kawas Fernández, si así lo solicitan dentro de un plazo de dos años (punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia y Considerandos 26 a 27), y d) ejecutar, en un plazo de dos años, una campaña nacional de concientización y sensibilización sobre la importancia de la labor que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la defensa de los derechos humanos (punto resolutivo décimo cuarto de la Sentencia y Considerandos 21 a 25). Y RESUELVE: 1. Requerir a la República necesarias para dar efectivo cumplimiento, señalados en el lo estipulado en el artículo Humanos. de Honduras que adopte todas las medidas que sean y pronto acatamiento a los puntos pendientes de punto declarativo segundo supra, de conformidad con 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos 2. Solicitar a la República de Honduras que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 26 de abril 2012, un informe completo y detallado sobre las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas que se encuentran pendientes de acatamiento, en los términos establecidos en esta Resolución. Posteriormente, el Estado hondureño debe continuar presentando un informe de cumplimiento cada tres meses. 3. Solicitar a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten las observaciones que estimen pertinentes a los informes de la República de Honduras mencionados en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción de los mismos. 4. Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento respecto de los extremos de la Sentencia pendientes de acatamiento señalados en el punto declarativo segundo supra. 5. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a la República de Honduras, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a las víctimas o sus representantes.

Seleccionar párrafo de destino3