77.
Posteriormente, los patrulleros y soldados obligaron a las personas, principalmente
mujeres, algunas de ellas amarradas del cuello o de las manos, a caminar por
aproximadamente 3 kilómetros montaña arriba, sin agua ni comida, hasta un cerro conocido
como “Pacoxom”. Camino a dicho cerro, los soldados y patrulleros insultaron, empujaron,
golpearon y azotaron con ramas y garrotes a las personas, incluso a mujeres embarazadas, y
mataron a algunas que no podían continuar. También obligaron a las mujeres a bailar, según
ellos, como lo hacían con los guerrilleros. Algunas de las niñas y mujeres fueron apartadas del
grupo y violadas sexualmente, y consta en el expediente que al menos una de ellas se
encontraba en estado de embarazo 99. María Eustaquia Uscap Ivoy, menor de edad para la
época de los hechos, fue una de las personas que fue llevada al cerro de Pacoxom. Al llegar a
dicho lugar un soldado le quitó a su hermano, a quien llevaba en la espalda. Posteriormente,
fue conducida a una loma donde fue violada por dos soldados y dos patrulleros. Al regresar,
encontró que su abuela, con quien había sido llevada al cerro de Pacoxom, había sido
asesinada. Luego de ello, la llevaron hasta Xococ, en donde fue violada, nuevamente, por un
patrullero en el mercado de aquel lugar 100.
78.
Al llegar al cerro de Pacoxom, los patrulleros y soldados escarbaron una fosa y
procedieron a matar a las personas de Río Negro que se encontraban presentes. Ahorcaron a
varias personas usando palos o lazos, y a otras las mataron con machetes o disparándoles.
Mataron a los bebés y a los niños con machetes, agarrándolos de los pies o del pelo para
lanzarlos contra las piedras o los árboles hasta que perdieran la vida, o también
amontonándolos en pequeños grupos para dispararles a todos juntos. Los cadáveres de las
504); testimonio de Teodora Chen (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 522); testimonio de
Juana Chen Osorio (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 531); testimonio de José Osorio Sic
(expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 537 a 538); testimonio de Francisco Chen Osorio
(expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 559), e Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”,
supra, tomo VI, anexo I, Caso Ilustrativo No. 10 “Masacre y Eliminación de la Comunidad de Río Negro”. Véase,
además, la “Declaración presentada por Denese Joy Burck el 19 de marzo de 2001 en la sede [de] la Fiscalía Especial
del Ministerio Público de la Ciudad de Guatemala, anexo al escrito de los peticionarios recibido el 7 de mayo de 2007”
(expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo III, folio 1773); el “Testimonio de Jesús Tecú Osorio de febrero
de 1995. Proceso Penal 001-98-1. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 7 de mayo de 2007” (expediente de
anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 573), y Memoria de las Masacres de Río Negro: Recuerdo de mis padres
y memoria para mis hijos, supra (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo XX, folios 12398 a 12400).
99
Cfr. declaración rendida ante fedatario público por la señora María Eustaquia Uscap Ivoy (expediente de
fondo, tomo II, folio 1007); declaración rendida ante fedatario público por la señora Bruna Pérez Osorio (expediente
de fondo, tomo II, folio 1014); Sentencia de 30 de noviembre de 1998, Proceso Penal No. 001-98-1 (expediente de
anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 587 y 588; Sentencia de 28 de mayo de 2008, Causa número 282003-OF (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo II, folios 739 a 743, 761 a 767, 775 a 778, 785 a 789,
800 a 805, 813 a 817, 831 a 836, 839 a 842, 852 a 857, 859 a 861, 869 a 871, 875 a 878, 882 a 884, 893 a 894, 906
a 907, y 930 a 933); testimonio de Antonia Osorio Sánchez (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I,
folio 484); testimonio de Teodora Chen (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 522 a 523);
testimonio de Juana Chen Osorio (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 532); testimonio de
Francisco Chen Osorio (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 559), e Informe “Guatemala,
Memoria del Silencio”, supra, tomo VI, anexo I, Caso Ilustrativo No. 10 “Masacre y Eliminación de la Comunidad de Río
Negro”. Véase, además, la “Declaración presentada por Denese Joy Burck el 19 de marzo de 2001 en la sede [de] la
Fiscalía Especial del Ministerio Público de la Ciudad de Guatemala, anexo al escrito de los peticionarios recibido el 7 de
mayo de 2007” (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo III, folio 1774); el “Testimonio de Jesús Tecú
Osorio de febrero de 1995. Proceso Penal 001-98-1. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 7 de mayo de
2007” (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 573); el testimonio de Carmen Sánchez Chen
(expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 527 y 528), y el testimonio de José Osorio Sic
(expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 538).
100
Cfr. Sentencia de 28 de mayo de 2008, Causa Número 28-2003-OF (expediente de anexos al sometimiento
del caso, tomo II, anexo 16, folio 616). En esta sentencia se cita el testimonio de María Eustaquia Uscap Ivoy.
Además, véase la declaración de María Eustaquia Uscap Ivoy rendida ante fedatario público (expediente de fondo,
tomo II, folio 1007).
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