5
Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México,
en relación con el derecho de acceso a la justicia por parte de la población indígena en
el estado de Guerrero y la jurisdicción penal militar8; ii) la Clínica de Interés Público del
Centro de Investigación y Docencia Económicas y la organización Women’s Link
Worldwide, referido a los estándares internacionales sobre la violencia sexual como
forma de tortura y a la reparación integral del daño a las víctimas de violencia sexual9;
iii) el Equipo Argentino de Antropología Forense, respecto a la actuación pericial y a la
atención a las mujeres víctimas de violencia sexual por parte de los órganos del
Estado, con referencia al presente caso 10 ; iv) el Centro de Estudios de Derechos
Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres,
respecto de la obligación estatal de adoptar medidas especiales a favor de personas en
situación de vulnerabilidad, la violación sexual como tortura y el derecho de acceso a
la justicia de la presunta víctima11; v) Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C.,
organización que presentó dos escritos, uno respecto de los derechos indígenas
reconocidos por el Estado y el otro sobre la alegada inexistencia de recursos en contra
de la declinación de competencia de la justicia ordinaria a favor del fuero militar12; vi)
el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C. sobre, inter alia, la
relevancia del alegado contexto de graves violaciones a los derechos humanos en el
cual ocurrieron los hechos del caso para su análisis jurídico y para la formulación de las
reparaciones 13 , y vii) un profesor y alumnos de derecho en la materia Litigio
Estratégico y Derechos Humanos del Instituto Tecnológico Autónomo de México, sobre
el derecho de acceso a la justicia de las mujeres indígenas, la obligación de investigar
y la jurisdicción penal militar14. Estos escritos fueron transmitidos oportunamente a las
partes para que pudieran hacer las observaciones que estimaran pertinentes.
8
El escrito original fue recibido en la Secretaría de la Corte el 30 de abril de 2010 y está firmado por
Miguel Ángel Antemate Mendoza, Julio César Hernández Salmorán y Carlos Alejandro Martiarena Leonar. Una
copia de dicho escrito fue recibida el 28 de abril de 2010.
9
El escrito original fue recibido en la Secretaría de la Corte el 6 de mayo de 2010 y está firmado por
Gail Aguilar Castañón, Javier Cruz Angulo Nobara, Alejandro Madrazo Lajous, Anel Alejandra Valadez Murillo
y Víctor Daniel Gutiérrez Muñoz, abogada, Director, Coordinador del Área de Derechos Sexuales y
Reproductivos y miembros, respectivamente, de la Clínica de Interés Público, así como Katherine Romero y
Andrea Parra, abogada para América Latina y abogada Coordinadora del Observatorio Género y Justicia de
Womens Link Worldwide, respectivamente. Una copia de dicho escrito y sus anexos fue recibida el 30 de
abril de 2010.
10
El escrito original fue recibido en la Secretaría de la Corte el 6 de mayo de 2010 y está firmado por
Ana Lorena Delgadillo Pérez, Mercedes Doretti y Sofía Egaña, consultora legal e integrantes,
respectivamente, del Equipo Argentino de Antropología Forense. Una copia de dicho escrito fue recibida el 30
de abril de 2010.
11
El escrito fue recibido en la Secretaría de la Corte el 30 de abril de 2010 y está firmado por Miguel
Ángel Soria Fuerte, Profesor del Centro de Estudios de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la
Universidad de San Martín de Porres.
12
Los escritos originales fueron recibidos en la Secretaría de la Corte el 6 de mayo de 2010 y están
firmados por Miguel A. Pulido Jiménez, Director Ejecutivo de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A.C.
Las copias de dichos escritos fueron recibidas el 30 de abril de 2010.
13
El escrito original fue recibido en la Secretaría de la Corte el 4 de mayo de 2010 y está firmado por
Luis Arriaga Valenzuela y Stephanie Erin Brewer, Director y miembro del Área Internacional,
respectivamente, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez. Una copia de dicho escrito fue
recibida el 30 de abril de 2010.
14
El escrito original fue recibido en la Secretaría de la Corte el 6 de mayo de 2010 y está firmado por
el profesor Fabián Sánchez Matus y los estudiantes Rodrigo Casas Farías, Miguel Ángel Navarrete Barba,
Tania Gabriela Casso López Lavalle, Fernando Ojeda Maldonado, Mariana Castañeda Graham, Leopoldo
Ortega Ortuño, Priscila Cruces Aguilar, Jonathan Ortiz Campos, Ximena De Iturbide Rangel, Mónica Patricia
Pérez Ankarvall, Erika Marcela Estrever Aviña, Héctor Iván Resendiz Herrera, Elías Gallardo Palma, Fabiola