descripción clara de los hechos y su relación con los elementos de prueba actuados durante el proceso y la adecuación con la norma penal a través de un razonamiento motivado, lo cual corresponde al parámetro establecido por la Corte. 113. En razón de lo anterior, de acuerdo a la controversia planteada, corresponde determinar si, de conformidad a los estándares del debido proceso establecidos en el artículo 8 de la Convención Americana, se violó el principio de presunción de inocencia y el deber de motivar las resoluciones judiciales dictadas contra la presunta víctima. La Corte seguidamente analizará las cuestiones planteadas. 114. El principio de presunción de inocencia, tal y como se desprende del artículo 8.2 de la Convención, “exige que una persona no pueda ser condenada mientras no exista prueba plena de su responsabilidad penal. Si obra contra ella prueba incompleta o insuficiente, no es procedente condenarla, sino absolverla”99. Debe recordarse que “[l]a falta de prueba plena de la responsabilidad en una sentencia condenatoria constituye una violación al principio de presunción de inocencia” 100. En este sentido, cualquier duda debe ser usada en beneficio del acusado 101. La Corte considera que el derecho a la presunción de inocencia es un elemento esencial para la realización efectiva del derecho a la defensa y acompaña al acusado durante toda la tramitación del proceso hasta que una sentencia condenatoria que determine su culpabilidad quede firme. Este derecho implica que el acusado no debe demostrar que no ha cometido el delito que se le atribuye, ya que el onus probandi corresponde a quien acusa102. 115. En lo que se refiere a la motivación de las sentencias, la Corte ha entendido de forma reiterada que la motivación “es la exteriorización de la justificación razonada que permite llegar a una conclusión” 103, y que el deber de motivar las decisiones es una garantía que se desprende del artículo 8.1 de la Convención, vinculada a la correcta administración de justicia, pues protege el derecho de los ciudadanos a ser juzgados por las razones que el derecho suministra y da credibilidad a las decisiones jurídicas en una sociedad democrática104. Por tanto, las decisiones que adopten los órganos internos que puedan afectar derechos humanos deben estar debidamente fundamentadas. De lo contrario serán decisiones arbitrarias 105. 116. La Corte subraya la relevancia de la motivación, a fin de garantizar el principio de presunción de inocencia, principalmente en una sentencia condenatoria, la cual Caso Cantoral Benavides Vs. Perú. Fondo. Sentencia de 18 de agosto de 2000. Serie C No. 69, párr. 120, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 122. 100 Caso Cantoral Benavides Vs. Perú. Fondo, supra, párr. 121, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 122. 101 Cfr. Caso Ruano Torres Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 127, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 122. 102 Cfr. Caso Ricardo Canese Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2004. Serie C No. 111, párr. 154, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 138. 103 Cfr. Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de noviembre de 2007. Serie C No. 170, párr. 107, y Caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 268. 104 Cfr. Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 182, párr. 77, y Caso Cordero Bernal Vs. Perú. Excepción Preliminar y Fondo, supra, párr. 79. 105 Cfr. Caso Yatama Vs. Nicaragua, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de junio de 2005. Serie C No. 127, párrs. 152 y 153, y Caso Chocrón Chocrón Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de julio de 2011. Serie C No. 227, supra, párr. 118. 99 31

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