10 Escué, Myriam Escué, hija, Francia, Ayender, Omar, Alveiro, Aldemar y Yonson, hermanos, y de Bertha Escué Coicue, su compañera al momento de su muerte. 35. De conformidad con lo informado por el Estado, durante el acto de reconocimiento la Vicecanciller expresó en su discurso que: Respecto de [los] hechos, el Estado colombiano, al igual que lo hizo en su momento ante la Corte, reconoce ante los familiares, ante el pueblo Paez y ante la comunidad nacional e internacional, la responsabilidad que le corresponde por la violación de los derechos humanos a la vida, la integridad personal, la libertad personal y la inviolabilidad de domicilio de Germán Escué Zapata. Asimismo, reconoce su responsabilidad por la violación de los derechos a la integridad personal, garantías judiciales y la protección judicial en perjuicio de doña Etelvina Zapata, Don Mario Pasu, y de Myriam Escué, Ayender Escué, Omar Zapata, Francya Doli Escué, Julio Albeiro Pasu Zapata, Aldemar Escué y Yonson Escué. Rechazamos estos actos y nos avergonzamos de que hayan ocurrido en contra de personas inocentes. Les pedimos perdón por el sufrimiento que se les ha ocasionado. […] Somos conscientes de que nada podrá reemplazar a Germán o reparar el dolor que causó la muerte, de quien para ustedes era hijo, padre, hermano e integrante de la comunidad. Sin embargo, esperamos que esta declaración y las demás acciones que se han emprendido, contribuyan al resarcimiento del dolor que han sufrido. Manifestamos nuestra solidaridad con los familiares y con la comunidad; esperamos que este gesto nos permita continuar avanzando para reestablecer su confianza en las instituciones del Estado y la sociedad. […] Para algunos de los presentes, esta es la primera vez que rinden homenaje a la vida de Germán Escué. Para sus familiares él siempre está presente. Recordarlo hoy es un ejercicio tan doloroso como necesario porque tenemos la obligación de no olvidar que estos hechos ocurrieron, para que nunca vuelvan a repetirse, por nuestra democracia, porque la memoria individual, pero especialmente la colectiva, son una herramienta vital para la historia y la construcción de un camino hacia la reconciliación. Les agradezco, de nuevo la oportunidad que nos han dado hoy para aportar una semilla en la construcción de confianza, el fortalecimiento de nuestra democracia y el cumplimiento de nuestros deberes éticos y legales para con las víctimas, para con la comunidad y para con la sociedad en su conjunto. Es nuestro deber, compromiso y voluntad trabajar en procura de la justicia, de la verdad y la reparación para garantizar un país major para nuestros hijos. En esta convicción reiteramos nuestro ánimo y nuestra invitación a construir conjuntamente ese mejor futuro. 36. Los representantes manifestaron que “[e]l acto de reconocimiento de responsabilidad fue concebido por la familia Escué y por la comunidad, como un escenario no sólo de desagravio y perdón público de las autoridades del Estado, sino como un espacio de evocación de la memoria de Germán Escué Zapata”. Por lo anterior, solicitaron que se “[d]eclare que se dio cumplimiento al acto de reconocimiento de responsabilidad del Estado por el homicidio de Germán Escué”. 37. La Comisión tomó nota de la información aportada por el Estado y los representantes y “consider[ó] que la información disponible indica que el Estado habría dado cumplimiento a lo ordenado en la [S]entencia”. 38. La Corte valora el reconocimiento de responsabilidad estatal efectuado por el Estado, el cual significó para los familiares y para la Comunidad del Resguardo de Jambaló un importante medio para la recuperación de la memoria histórica de la víctima y el fortalecimiento de la Comunidad del Resguardo. Asimismo, este tipo de actos constituyen un medio eficaz para alcanzar la reconciliación. La Corte, igualmente, resalta y valora la disposición del Estado, los representantes, los familiares del señor Escué Zapata y de la Comunidad del Resguardo de Jambaló, para acordar y coordinar conjuntamente las medidas más adecuadas para cumplir de manera plena con esta medida de reparación. La Corte aprecia además, que se haya realizado el acto de conformidad con los usos y costumbres del Pueblo Nasa, como la traducción de los mensajes a su lengua nasa yuwe, la

Seleccionar párrafo de destino3