procesos de información sobre el manejo dado de la pentolita, la condición actual de este explosivo; efectos ambientales del intento de búsqueda y evaluación del material enterrado, [entre otros]”144. 123. El 19 de noviembre de 2010, por escritura pública, PETROECUADOR firmó con la empresa CGC un Acta de Terminación por mutuo acuerdo del contrato de participación para la exploración y explotación de petróleo crudo en el Bloque 23145. Los representantes señalaron que pese a haberlo solicitado expresamente, el Pueblo Sarayaku no fue informado de los términos de la negociación que sostenía el Estado con la empresa CGC ni de las condiciones en las que se celebró el Acta146. Según los términos de la referida Acta, en la cláusula 8.4 las partes (PETROECUADOR y CGC) “aceptan y ratifican que no existe ningún pasivo ambiental” en el área de concesión atribuible a la contratista147. VIII FONDO VIII.1 DERECHOS A LA CONSULTA Y A LA PROPIEDAD COMUNAL INDÍGENA 124. En el presente caso, corresponde determinar si el Estado respetó y garantizó adecuadamente los derechos del Pueblo Sarayaku que se alegan violados, al haber otorgado un contrato para exploración y explotación petrolera sobre su territorio a una empresa privada; al ejecutarse el referido contrato, y al ocurrir una serie de hechos conexos. Aún si reconoció que no efectuó un proceso de consulta previa en el presente caso, el Estado cuestionó durante el litigio su obligación de realizarlo y alegó que ciertos actos de la empresa cumplieron con la consulta a las comunidades indígenas de la zona otorgada en concesión. A diferencia de otros casos que ha conocido este Tribunal148, en este caso no está en duda el derecho del Pueblo Sarayaku a su territorio, plenamente reconocido por el Estado mediante actos internos (supra párrs. 55, 61 y 62) y como hecho no controvertido en el proceso ante la Corte. A continuación la Corte analizará: a) los alegatos de las partes y b) la obligación de garantizar el derecho a la consulta en relación con los derechos a la propiedad comunal e identidad cultural del Pueblo Sarayaku. 144 Acta de terminación por mutuo acuerdo del contrato de participación para la exploración de Hidrocarburos y explotación de petróleo crudo del bloque 23, Anexo XV, No. MAE-SCA-2010-3855 de 16 de septiembre de 2010 (expediente de Prueba, tomo 17, folio 9595). 145 Acta de Terminación por mutuo acuerdo del contrato de participación para la exploración de hidrocarburos y explotación de petróleo crudo Bloque 23, de 19 de noviembre de 2010 (expediente de Prueba, tomo 17, folios 9389 y ss). 146 Cfr. El 30 de julio de 2010, el Secretario de Hidrocarburos del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables remitió a Sarayaku el Oficio No. 24-SH-2010 109964 (expediente de Prueba, tomo 10, folio 6451) en el que solicitaba “una copia certificada del Expediente técnico y legal del proceso de Sarayaku por las operaciones en el Bloque 23 y en su territorio, demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, documentación inherente física y digital”. En referencia a dicho oficio, el 4 de agosto de 2010, Sarayaku solicitó al Secretario de Hidrocarburos copia certificada del Acta de Entendimiento sin haber recibido respuesta alguna (expediente de Prueba, tomo 10, folio 6451). 147 Acta de Terminación por mutuo acuerdo del contrato de participación para la exploración de hidrocarburos y explotación de petróleo crudo Bloque 23, de 19 de noviembre de 2010, folio 9412. 148 Cfr. Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Vs. Nicaragua. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de febrero de 2000. Serie C No. 66; Caso de la Comunidad Moiwana Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 15 de junio de 2005. Serie C No. 124; Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de junio de 2005. Serie C No. 125; Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146; Caso del Pueblo Saramaka. Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172, y Caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek. Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de agosto de 2010 Serie C No. 214. - 34 -

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