programas basados en la comunidad, que mitigarán el impacto de la orden. La reducción de
la población potencialmente requerida es, sin embargo, de barrido y extensión sin
precedentes33.
Sin embargo, también lo son las lesiones continuas y los daños resultantes de estas graves
violaciones constitucionales. Durante años, la atención médica y de salud mental brindada
por las prisiones de California no ha cumplido con los requisitos constitucionales mínimos y
no ha cumplido con las necesidades básicas de salud de los reclusos. El sufrimiento y la
muerte innecesarios han sido el resultado bien documentado. Durante todo el transcurso de
los años durante los cuales este litigio ha estado pendiente, no se han encontrado otros
recursos suficientes. Los esfuerzos para remediar la violación se han visto frustrados por el
grave hacinamiento en el sistema penitenciario de California. Los beneficios a corto plazo
en la prestación de atención se han visto erosionados por los efectos a largo plazo de un
hacinamiento grave y generalizado34.
El hacinamiento ha superado los recursos limitados del personal de la prisión; demandas
impuestas más allá de la capacidad de las instalaciones médicas y de salud mental; y creó
condiciones insalubres e inseguras que hacen que el progreso en la provisión de atención
sea difícil o imposible de lograr. El hacinamiento es la "causa principal de la violación de un
derecho federal", 18 USC §3626 (a) (3) (E) (i), específicamente el maltrato severo e ilegal
de los presos a través de una prestación de salud médica y mental sumamente inadecuada
para su cuidado. Este tribunal ahora sostiene que el PLRA autoriza el alivio otorgado en este
caso y que el límite de población exigido por el tribunal es necesario para remediar la
violación de los derechos constitucionales de los presos. La orden del tribunal de tres jueces,
sujeta al derecho del Estado a buscar su modificación en circunstancias apropiadas, debe
ser confirmada35.
El grado de hacinamiento en las prisiones de California es excepcional. Las prisiones de
California están diseñadas para albergar a una población de poco menos de 80,000
habitantes, pero en el momento de la decisión de la corte de tres jueces, la población era
casi el doble. Las cárceles del estado habían operado en torno al 200% de la capacidad de
diseño durante al menos 11 años. Los presos están abarrotados en espacios que no están
diseñados ni destinados a alojar presos. Hasta 200 prisioneros pueden vivir en un gimnasio,
monitoreado por tan solo dos o tres oficiales correccionales. App. 1337–1338, 1350; Ver
Apéndice B, infra. Hasta 54 presos pueden compartir un solo baño. App. 133736.
El hacinamiento también crea condiciones de vida inseguras e insalubres que dificultan la
prestación efectiva de atención médica y de salud mental. Un experto médico describió las
viviendas en gimnasios o salas de día convertidos, donde un gran número de reclusos puede
compartir solo unos pocos inodoros y duchas, como "lugares de cultivo para enfermedades".
7 Juris. App. 102a. Las condiciones reducidas promueven la inestabilidad y la violencia, lo
que dificulta que los funcionarios penitenciarios vigilen y controlen a la población
penitenciaria. En un día cualquiera, los presos en la población general de la prisión pueden
enfermarse, por lo que ingresan a la clase demandante; y el hacinamiento puede evitar la
atención médica inmediata necesaria para evitar el sufrimiento, la muerte o la propagación
de enfermedades. Después de que un prisionero fue agredido en un gimnasio abarrotado,
el personal de la prisión ni siquiera se enteró de la herida hasta que el prisionero estuvo
muerto por varias horas. Tr. 382. Vivir en condiciones de hacinamiento, inseguras e
insalubres puede hacer que los presos con enfermedades mentales latentes empeoren y
desarrollen síntomas manifiestos37.
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Traducción de la Secretaría.
Traducción de la Secretaría.
Traducción de la Secretaría.
Página 4 de la opinión de la Suprema Corte. Traducción de la Secretaría.
Traducción de la Secretaría.
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