de las personas que a continuación se mencionan y para recibir los alegatos finales orales y
observaciones finales orales, respectivamente, sobre el fondo y eventuales reparaciones y
costas:
A) Presunta víctima (propuesta por los representantes)
1) Clarice Herzog, esposa de Vladimir Herzog, quien declarará sobre: i) quién era
Vladimir Herzog; ii) los hechos que presenció; iii) las diligencias en búsqueda de
justicia y verdad y las respuestas obtenidas; iv) los daños y afectaciones sufridos
en su vida privada y la de sus familiares; v) los obstáculos enfrentados y la
respuesta obtenida, y vi) las medidas que el Estado debería adoptar para alcanzar
justicia, verdad y memoria en el caso.
B) Testigo (propuesto por los representantes)
1) Marlon Weichert, Procurador de la República del Ministerio Público Federal, quien
declarará sobre: i) el contexto de ocultamiento de la verdad respecto de los
hechos referentes a la dictadura militar; ii) el acceso a los archivos militares; iii)
la Acción Civil Pública de 2008 presentada por el Ministerio Público Federal, y sus
resultados; iv) las alegadas dificultades enfrentadas en la administración de
justicia para el reconocimiento del derecho a la verdad y justicia en Brasil, v) el
patrón de violaciones de derechos humanos ocurridas en la dictadura militar
brasileña, y vi) los efectos de la ley de amnistía y otros alegados obstáculos
procesales en relación con las iniciativas judiciales iniciadas en el año 2008 por
parte del Ministerio Público Federal.
C) Peritos (propuesto por los representantes)
1) Sergio Gardenghi Suiama, Procurador de la República del Ministerio Público
Federal, quien declarará sobre: i) la existencia de una práctica sistemática de
prisiones arbitrarias, torturas, ejecuciones sumarias y desapariciones forzadas de
personas en Brasil en la época de los hechos del presente caso, y ii) la ocultación
de la verdad sobre crímenes practicados en la dictadura militar, incluso con
versiones de falsos suicidios. Realizará un balance de las iniciativas del Estado
para investigar y sancionar a los responsables de estas violaciones de derechos
humanos desde la década de 1970 hasta la actualidad, incluyendo sus resultados
y obstáculos, así como recomendaciones para la efectuación del derecho a justicia
y verdad.
D) Perito (propuestos por el Estado)
1) Alberto Zacharias Toron, abogado criminalista, quien declarará sobre: i) las
garantías de prescripción, cosa juzgada e irretroactividad de la ley penal más
severa con límites a la actuación del Estado; ii) la compatibilidad de esas
garantías con la Convención Americana sobre Derechos Humanos; iii) la
imposibilidad de establecer la imprescriptibilidad de un crimen en el ámbito
doméstico a partir del Estatuto de Roma o de la costumbre, y iv) la imposibilidad
de establecer la imprescriptibilidad para un crimen pretérito.
2.
Requerir a los peritos convocados a declarar en audiencia pública que, de
considerarlo conveniente, aporten una versión escrita de su peritaje a más tardar el 16 de
mayo de 2017.
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